El juez desestima el recurso de los fiscales del 'caso Banca Catalana'

El juez Luis Fernando Gómez Vizcarra, instructor del caso Banca Catalana, dictó ayer una resolución desestimatoria del recurso presentado por los fiscales discrepando del auto exculpatorio de los querellados, y anunció que la conclusión del sumario se realizará la próxima semana. José Maria Mena y Carlos Jiménez Villarejo interpusieron recurso contra la denegación de procesamiento de los 16 directivos implicados. El juez Luis Fernando Gómez Vizcarra insiste en los argumentos ya utilizados en el reciente auto.El juez contesta también algunos de los argumentos de los fiscales, principalme...

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El juez Luis Fernando Gómez Vizcarra, instructor del caso Banca Catalana, dictó ayer una resolución desestimatoria del recurso presentado por los fiscales discrepando del auto exculpatorio de los querellados, y anunció que la conclusión del sumario se realizará la próxima semana. José Maria Mena y Carlos Jiménez Villarejo interpusieron recurso contra la denegación de procesamiento de los 16 directivos implicados. El juez Luis Fernando Gómez Vizcarra insiste en los argumentos ya utilizados en el reciente auto.El juez contesta también algunos de los argumentos de los fiscales, principalmente los que hacían referencia a la tipificación penal de la conducta de los querellados y a la nula valoración hecha por el juez del informe pericial realizado por le Banco de España.

Sobre la actuación de los 16 directivos en la gestión de la entidad, el punto de vista del juez es que esas conductas no están tipificadas en el Código Penal, aunque matizó que "sería de desear que en un futuro lo estuvieran". El instructor precisó que el resultado de la gestión de los ex consejeros provocó perjuicios, aunque no los califica como penales "porque no hubo mala fe en la actuación". En este auto, el juez insiste también en considerar que la caja B era sólo una desagregación de la contablidad del banco.

El auto desestimatorio del recurso expone que cuando se ha estudiado el sumario no ha dejado de valorarse el informe pericial realizado por el Banco de España, que se ha tenido en cuenta como un elemento más de la prueba documental. El juez añadió sobre ésto que, en cualquier caso, el citado informe es una prueba solicitada por una de las partes, el ministerio fiscal, pero que la prueba pericial realizada por los catedráticos Casanovas y García Mícola le mereció más importancia por haber sido efectuada a petición del juez.

Conclusión de sumario

El sumario de Banca Catalana, que cuenta actualmente con 7.000 folios de diligencias y 60.000 de documentos, será remitido a la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia de Barcelona una vez se dicte la conclusión.Una vez el sumario este en la Audiencia, la Sala informará a las partes (fiscales, defensas y Fondo de Garantía) para que formulen las alegaciones que deseen. Los fiscales podrían solicitar en este trámite, de nuevo, el procesamiento de los querellados ante la Audiencia. Si no lo hacen o si haciéndolo vuelve a ser desestimada, la Audiencia procederá a archivar el caso. Fuentes judiciales manifestaron que en el caso de que el sobreseimiento sea libre, que entiende que nunca existió delito, aún existiría la posibilidad de que fuera recurrido ante el Tribunal Supremo.

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