Moción de censura de cinco concejales contra el alcalde de Bustarviejo

Cinco concejales del Ayuntamiento de Bustarviejo, pertenecientes a los tres grupos políticos que componen la corporación, han solicitado al alcalde, Eduardo Vallejo García, de Alianza Popular, la convocatoria de un pleno extraordinario para debatir una moción de censura contra él, al que se acusa de autoritarismo y utilización del cargo en su propio beneficio. De los cinco firmantes, dos lo son por AP -uno de ellos, el primer teniente de alcalde-, y ambos, parientes próximos suyos.Los cinco concejales que firman la moción son Félix Vallejo Martín y Horacio Rodríguez Vázquez, de Alianza Popular...

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Cinco concejales del Ayuntamiento de Bustarviejo, pertenecientes a los tres grupos políticos que componen la corporación, han solicitado al alcalde, Eduardo Vallejo García, de Alianza Popular, la convocatoria de un pleno extraordinario para debatir una moción de censura contra él, al que se acusa de autoritarismo y utilización del cargo en su propio beneficio. De los cinco firmantes, dos lo son por AP -uno de ellos, el primer teniente de alcalde-, y ambos, parientes próximos suyos.Los cinco concejales que firman la moción son Félix Vallejo Martín y Horacio Rodríguez Vázquez, de Alianza Popular; Julián Hijano y Eduardo Serrano, socialistas, y Manuel Hernanz Valle, independiente. La corporación de Bustarviejo, localidad de unos 1.300 habitantes situada a 54 kilómetros al norte de Madrid, está formada por cinco concejales aliancistas, dos del PSOE y dos independientes. Manuel Hernanz, independiente, y Félix Vallejo, aliancista, coincidieron en señalar que el alcalde está llevando a cabo una mala gestión al frente de la corporación, caracterizada por su autoritarismo y la búsqueda del beneficio personal. Vallejo afirmó que el alcalde, cuando le interesa, no hace el menor caso de los acuerdos adoptados en los plenos municipales por mayoría. Hernanz agregó, como ejemplo, el que haya ordenado la reparación de las aceras del camino de la escuela pública empleando los materiales proporcionados por su empresa, sin que el pleno, previamente, hubiera aprobado dichas obras".

Eduardo Vallejo es almacenista de materiales de construcción y transportista. Vallejo declaró, respecto a la moción de censura, que "este asunto viene de atrás. Horacio Rodríguez se dedica a la construcción y tiene pendiente el pago de varias tasas e impuestos, y el concejal Félix Vallejo quería que se hicieran mejoras en una finca que quiere arrendar. Yo no soy un tirano, lo que pasa es que estos dos concejales de mi grupo quieren que los vecinos paguen los impuestos, pero ellos no, y yo no consiento eso".

Moción de censura

La nueva ley reguladora de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado el día siguiente, permite que un alcalde pueda ser obligado a dimitir si pierde una moción, de censura, para lo que se necesita el voto afirmativo de los dos tercios de los concejales asistentes, que deben ser, al menos, la mitad más uno de la corporación.El artículo 22.3 de la nueva ley señala como una de las competencias del pleno "la votación sobre la moción de censura al alcalde, que se rige por lo dispuesto en la legislación electoral general".

Fuentes de la Dirección General de Administración Local, de la Comunidad de Madrid, especificaron que el artículo en cuestión remite a la ley Electoral, en la que está contemplada la moción de censura, aunque no referida a los alcaldes, sino a los presidentes de diputaciones provinciales.

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La ley no concreta si la moción debe ir acompañada de la presentación de candidato. Si no es así, es el primer teniente de alcalde quien asume las fimciones del alcalde destituido y el encargado de convocar un segundo pleno para elegir nuevo alcalde.

Si el alcalde implicado retrasase indefinidamente la convocatoria del pleno en el que se presentara la moción, los promotores darían conocimiento al delegado del Gobierno en Madrid.

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