Profesionales jóvenes de diversas ramas cuestionan la necesidad de una ley de Colegios Profesionales

Profesionales jóvenes miembros de los colegios de Abogados, Médicos, Ingenieros y Economistas, han cuestionado seriamente la necesidad de la ley de Colegios Profesionales y han defendido que, si ésta viene impuesta por precepto constitucional, se la dote de un contenido más acorde con la actual realidad de lo que es el trabajo y las funciones de los profesionales en España.

El debate sobre Anteproyecto de ley de Colegios Profesionales, que se celebró el pasado miércoles en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, convocado por la Asociación para la Defensa de la Sanida...

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Profesionales jóvenes miembros de los colegios de Abogados, Médicos, Ingenieros y Economistas, han cuestionado seriamente la necesidad de la ley de Colegios Profesionales y han defendido que, si ésta viene impuesta por precepto constitucional, se la dote de un contenido más acorde con la actual realidad de lo que es el trabajo y las funciones de los profesionales en España.

El debate sobre Anteproyecto de ley de Colegios Profesionales, que se celebró el pasado miércoles en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, convocado por la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública de Madrid, se tradujo en una constante crítica al anteproyecto que ha elaborado el Ministerio de la Presidencia y que ya ha sido estudiado por la mayor parte de los colectivos a los que les afecta.Ante un miembro de la Administración, concretamente Luis Ortega, director del Departamento de Asuntos Institucionales del gabinete del Presidente del Gobierno, llovieron las críticas al anteproyecto por parte de Juan Plaza, del grupo de Abogados Jóvenes; Daniel Lacalle, ingeniero aeronáutico; Juan Ignacio Bartolomé, decano del Colegio de Economistas, y Marciano Sánchez, médico y vicesecretario de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública (FASDP). Pedro Zarco, presidente de FASDP actuó como moderador.

Luis Ortega explicó que el ordenamiento legal sobre los colegios profesionales viene impuesto por un precepto constitucional, "recogido por los poderes constituyentes precisamente a instancias de una enmienda del entonces senador Antonio Pedrol Ríus", actual presidente del Consejo General de la Abogacía. Pedrol está sirviendo de puente entre la Administración y los presidentes de los consejos generales en las consultas sobre el anteproyecto de ley.

Según el representante de la Administración, esta ley supone una reforma, en cuanto establece para los colegios unas funciones públicas y deontológicas delegadas por la Administración para el servicio a los ciudadanos. Entre otras novedades del anteproyecto se encuentran también, según Luis Ortega, la democratización de los órganos de gestión y el que se reconozca la colegiación obligatoria, excepto en el caso de los funcionarios y profesionales dependientes de organismos de la Administración.

Corporativismo

Ortega dijo que este proyecto es continuista, porque mantiene los colegios y no los convierte en asociaciones, pero aporta avances con respecto a la ley anterior. Señaló también que entre otros argumentos que tenía la Administración para delegar algunas de sus funciones a los colegios se encuentra la situación de crisis económica.Para el resto de los participantes en el debate, el antrepoyecto está muy unido a argumentos de corporativismo clásico, es continuista e introduce pocas innovaciones -expuso Juan Plaza- y no delimita con claridad las funciones profesionales de las sindicales. Al mismo tiempo, según Daniel Lacalle, establece diferencias entre los profesionales que se rigen por la titulación y quienes lo hacen por las leyes del mercado.

Para el decano de los economistas, Juan Ignacio Bartolomé, la colegiación no debe ser obligatoria, dado que en el caso de los economistas el 85% ejerce por cuenta ajena. Añadió que la Administración debería regular las profesiones, más que los colegios.

Marciano Sánchez sostuvo que el acceso a los colegios debe ser libre y voluntario, que los colegios deben servir para asegurar la cualificación de sus miembros y de asesoramiento para los poderes públicos, y "no deberían superponerse las posibles decisiones de los tribunales y las normas del código deontológico".

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