La corporación aprueba hoy una nueva ordenanza municipal sobre publicidad exterior

Los servicios municipales desmontarán sin previo aviso las vallas publicitarias en las que no figure en lugar bien visible el número de licencia y la fecha de expedición del permiso, según se recoge en un proyecto de ordenanza reguladora de la publicidad exterior que hoy se presenta para la aprobación provisional en la sesión plenaria del Ayuntamiento de Madrid. La normativa pretende proteger las zonas monumentales de Madrid y, en general, el paisaje urbano y evitar la piratería existente en la implantación de vallas publicitarias. De las 10.000 vallas que tiene controladas la corporación, úni...

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Los servicios municipales desmontarán sin previo aviso las vallas publicitarias en las que no figure en lugar bien visible el número de licencia y la fecha de expedición del permiso, según se recoge en un proyecto de ordenanza reguladora de la publicidad exterior que hoy se presenta para la aprobación provisional en la sesión plenaria del Ayuntamiento de Madrid. La normativa pretende proteger las zonas monumentales de Madrid y, en general, el paisaje urbano y evitar la piratería existente en la implantación de vallas publicitarias. De las 10.000 vallas que tiene controladas la corporación, únicamente 2.500 tienen licencia, pagan la correspondiente tasa y son legales.

El fraude a la hacienda municipal en concepto de vallas publicitarias instaladas ilegalmente se evaluaba en diciembre del año pasado en una cifra superior a los 500 millones de pesetas. Precisamente para concluir con una situación casi endémica, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Madrid redactó, entre octubre y noviembre de 1983, un proyecto de ordenanza reguladora de publicidad exterior, en sustitución de la vigente, de fecha 22 de mayo de 1972. Tras un período de consultas con los colectivos afectados, el texto se presenta hoy al pleno de la corporación para su aprobación.Desde el punto de vista legal, señala la nueva normativa que las vallas publicitarias, para ser consideradas en regla, deberán incluir en lugar bien visible del marco -"preferentemente en el ángulo inferior derecho", se precisa- el número de licencia y la fecha de expedición de la misma. En caso de que este requisito no se cumpla, la nueva ordenanza establece que la valla se considerará anónima y será desmontada y retirada. Los gastos de la operación se imputarán a la empresa instaladora.

La nueva ordenanza concreta que la validez de las licencias será de seis meses improrrogables en el caso de las vallas ubicadas en el recinto histórico-artístico de Madrid, y de un año prorrogable para las situadas en el resto del término municipal. Para la renovación de licencias en los mismos emplazamientos será preceptivo acreditar que se han abonado los impuestos durante el período en que las vallas estuvieron instaladas.

Proteger el paisaje urbano

Desde el punto de vista del interés ciudadano, la nueva ordenanza reguladora de la publicidad exterior tiene como uno de los principales objetivos la protección del paisaje urbano de Madrid y más concretamente de las zonas monumentales. En uno de los artículos de la normativa se señala que serán desmontadas las vallas publicitarias "si la ubicación de las mismas se realiza sobre aceras, jardines o terrenos de uso y dominio público, careciéndose de la expresa autorización para ello, y si, a juicio de los servicios técnicos municipales, la instalación ofrece peligro al tráfico rodado por haberse instalado en curvas, cambios de rasante o cruces o porque, oculten señales de tráfico".La ordenanza indica que, si no existe autorización municipal expresa en sentido contrario, las vallas no podrán sobrepasar los seis metros de altura y los ocho de anchura. Se precisa que la instalación de vallas en locales comerciales desocupados deberá permitir la circulación de los viandantes e impedir que con ayuda de aquéllas se escale a los pisos o locales colindantes.

El ayuntamiento denegará la instalación de vallas que en su opinión atenten contra la estética. "No se tolerará en ningún caso", se precisa en la ordenanza, "la instalación de vallas sobre edificios catalogados como monumentos histórico-artísticos o a una distancia inferior a 200 metros. de los mismos, ni las que produzcan graves distorsiones en el paisaje".

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En una de las disposiciones adicionales, la ordenanza indica que con su entrada en vigor quedarán caducadas todas las licencias concedidas al amparo de la promulgada en mayo de 1972. Asimismo establece un plazo de adaptación a los requisitos recogidos en la nueva normativa para las carteleras instaladas antes de la aprobación de la misma.

La Concejalía de Urbanismo e Infraestructuras Básicas redactó en octubre de 1983 un pequeño informe, que se adjuntaba con el proyecto de la nueva ordenanza, en el que se señalaba que el Ayuntamiento de Madrid tenía constancia de la existencia en Madrid de 10.000 vallas publicitarias, "de las que únicamente 2.500 están instaladas legalmente". Proporcionaba el mismo departamento el dato de que en 1980, 1981 y 1982 la corporación había ordenado que se desmontaran 200, 600 y 250 vallas, respectivamente.

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