Cartas al director

Sobre el terrorismo

El ministro de Justicia de Francia ha propuesto que se suprima en la CEE la diferencia entre los delitos políticos y delitos comunes. Ahora que en España hablamos tanto de leyes antiterroristas, convendría precisar sobre el tema y la proposición gala algunos extremos.Desde el día 1 hasta el 16 de noviembre de 1937 se celebró en Ginebra una conferencia de embajadores discutiendo el convenio sobre represión del terrorismo. A la misma asistió en nombre de España don Luis Jiménez de Asúa, a la sazón embajador en Praga. El insigne penalista puso de relieve los dos puntos más importantes que debían ...

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El ministro de Justicia de Francia ha propuesto que se suprima en la CEE la diferencia entre los delitos políticos y delitos comunes. Ahora que en España hablamos tanto de leyes antiterroristas, convendría precisar sobre el tema y la proposición gala algunos extremos.Desde el día 1 hasta el 16 de noviembre de 1937 se celebró en Ginebra una conferencia de embajadores discutiendo el convenio sobre represión del terrorismo. A la misma asistió en nombre de España don Luis Jiménez de Asúa, a la sazón embajador en Praga. El insigne penalista puso de relieve los dos puntos más importantes que debían ser meditados por los en aquella conferencia reunidos. Eran los siguientes: definición de terrorismo y enumeración de los casos concretos y principios de derecho extradicional para los delincuentes responsables de tales actos. Respecto al tema de la definición del terrorismo se llegó a la conclusión de que era casi imposible hacer una descripción objetiva, afirmando nuestro representante que era indispensable huir de toda inclusión de móvil en las definiciones que pudieran darse, toda vez que, caso de expresar el carácter político o social de las motivaciones de los terroristas, quedaría impedida la extradición para aquellos países otorgantes del derecho de asilo a los delincuentes políticos y sociales. Concluía nuestro ilustre representante diciendo que debía encontrarse una fórmula que permitiera a los países otorgadores de asilo al delincuente político conceder la extradición de los terroristas, puesto que el terrorismo no es otra cosa que la corrupción de la delincuencia política pura.

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