Cartas al director

Aterriza como puedas

Deseo hacer dos consideraciones sobre puntos específicos de su editorial del día 22 de marzo de 1984 y una consideración general.Sobre lo relativo del cumplimiento de las normas y recomendaciones de la OACI, debo aclarar que las normas, según el convenio de Aviación Civil, forman parte de la legislación del Estado contratante y, por tanto, son de obligado cumplimiento, salvo que el Estado haga una declaración expresa de que algunas de estas normas no son aplicables en España, cosa de la que no tengo constancia que España lo haya hecho alguna vez. En cuanto a las recomendaciones, los Estados ti...

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Deseo hacer dos consideraciones sobre puntos específicos de su editorial del día 22 de marzo de 1984 y una consideración general.Sobre lo relativo del cumplimiento de las normas y recomendaciones de la OACI, debo aclarar que las normas, según el convenio de Aviación Civil, forman parte de la legislación del Estado contratante y, por tanto, son de obligado cumplimiento, salvo que el Estado haga una declaración expresa de que algunas de estas normas no son aplicables en España, cosa de la que no tengo constancia que España lo haya hecho alguna vez. En cuanto a las recomendaciones, los Estados tienden a cumplirlas siempre que no haya alguna causa en particular que lo impida. En el caso de España, no siempre se sigue este criterio.

La referencia que se hace en el editorial sobre el aeropuerto de Salamanca en el sentido de que no tiene ninguna línea regular, no pasa de ser trivial. Se trata de una base aérea en donde funcionan dos escuelas de vuelo: una de aviación militar y otra de aviación civil. Considerar este aeródromo como aeropuerto abierto al tráfico civil significa simplemente que se pueden operar vuelos charter cuando hay necesidad de ello. Pero la plantilla de personal, tanto militar como civil, y la infraestructura de este aeródromo están hechas en función de la actividad permanente como escuela.

En cuanto al cambio experimentado en la Organización de la Aviación Civil Española, que hasta 1976 estuvo integrada dentro del Ministerio del Aire y encuadrada en una sola entidad, la Subsecretaría de Aviación Civil, al pasar al entonces creado Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ha ido sufriendo una serie de procesos de desintegración hasta llegar a la situación actual, en que las actividades de la aviación civil están repartidas entre tres dependencias: la Dirección General de Aviación Civil, el Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales y la Subdirección General de Infraestructura del Transporte Aéreo. En la actualidad no hay en el presente organigrama, ninguna autoridad que sea responsable de coordinar la labor de estas tres dependencias de la Administración, por lo que los fallos que existían con la Administración militar, a pesar de su organización centralizada, ahora son difíciles de evitar. /

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