Cartas al director

Hipermercado para mayores

El pasado 26 de noviembre apareció en EL PAÍS un artículo sobre la arbitrariedad y extralimitaciones a las que algunos híper llegaban a la hora de realizar registros y otras medidas de seguridad; en concreto, se mencionaba la práctica existente en Alcampo, hipermercado ubicado en el centro comercial Madrid-2, de impedir la entrada a los jóvenes por el hecho de serlo. Y le vi afectado por dicha práctica el pasado día 18: al intentar pasar, el vigilante jurado me lo impidió, alegando que "tenía que venir con mis padres". Al mostrarle el DNI e indicarle que con 21 años era ya mayor de edad...

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El pasado 26 de noviembre apareció en EL PAÍS un artículo sobre la arbitrariedad y extralimitaciones a las que algunos híper llegaban a la hora de realizar registros y otras medidas de seguridad; en concreto, se mencionaba la práctica existente en Alcampo, hipermercado ubicado en el centro comercial Madrid-2, de impedir la entrada a los jóvenes por el hecho de serlo. Y le vi afectado por dicha práctica el pasado día 18: al intentar pasar, el vigilante jurado me lo impidió, alegando que "tenía que venir con mis padres". Al mostrarle el DNI e indicarle que con 21 años era ya mayor de edad, éste se reafirmó en su negativa, pero alegando que "no se permitía la entrada de jóvenes". En las oficinas del Madrid-2 me indicaron que allí no tenían jurisdicción sobre lo que referente a seguridad hiciera Alcampo, por lo que me decidí a solicitar el libro de reclamaciones. En la caseta de información se me dijo que "no tenían por qué tenerlo, y mucho menos por qué dármelo". Tras 45 minutos de espera al responsable de seguridad, éste apareció diciendo que "no podía perder el tiempo conmigo". Durante este tiempo asistí al espectáculo de ver cómo decenas de jóvenes eran rechazados en la puerta de entrada con excusas como las precedentes o que "llevaban playeras". ¿No se trata esto de una clara "presunción de delincuencia" sobre el sector juvenil? ¿No se nos reconoce en la Constitución como "iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" (artículo 14)? ¿Puede un establecimiento mostrar tal desprecio hacia el ciudadano, por grande que este establecimiento sea?/

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