El fiscal no propone testigos

El fiscal de la causa relativa al 27-O no ha solicitado la presencia de ningún testigo en particular en el correspondiente consejo de guerra que se celebrará contra los cuatro jefes militares procesados. El consejo de guerra se realizará en la I Región Militar (Madrid), probablemente en el Gobierno Militar, a finales de octubre o principios de noviembre.En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal califica a los procesados de autores de un delito de conspiración para el de rebelión, previsto en el artículo 291 del Código de Justicia Militar, en relación con el 286, apartado uno, y co...

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El fiscal de la causa relativa al 27-O no ha solicitado la presencia de ningún testigo en particular en el correspondiente consejo de guerra que se celebrará contra los cuatro jefes militares procesados. El consejo de guerra se realizará en la I Región Militar (Madrid), probablemente en el Gobierno Militar, a finales de octubre o principios de noviembre.En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal califica a los procesados de autores de un delito de conspiración para el de rebelión, previsto en el artículo 291 del Código de Justicia Militar, en relación con el 286, apartado uno, y con el 184. El artículo 291 dice: "La conspiración y proposición para el delito de rebelión se castigarán con la pena de prisión". El apartado uno del 286 señala que son reos del delito de rebelión militar quienes se alcen en armas contra el ordenamiento constitucional, el jefe del Estado, su Gobierno o instituciones fundamentales, siempre que exista, entre otras, la circunstancia de "que estén mandados por militares o que el movimiento se inicie, sostenga o auxilie por fuerzas del Ejército". El 184 dice, entre otras cosas: "Son punibles el delito consumado, el frustrado, la tentativa, la conspiración, prposición y provocación para delinquir. ( ... ) La conspiración se poduce cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo".

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En el informe, el fiscal propone el interrogatorio de los procesados en el correspondiente consejo de guerra, la lectura de los folios de la causa en los que basa su acusación y las pruebas que puedan proponer los abogados defensores de los procesados. Por último, propone que se realice una prueba caligráfica para comprobar si un escrito incluido en el sumario fue redactado por el teniente coronel Fernández Hidalgo. La prueba ya se hizo hace unos meses y resultó negativa.

Por su parte, fuentes de los abogados defensores han señalado que ellos sí piensan proponer la presencia de numerosos testigos, la mayoría de ellos militares, entre los que figuran la mayoría de los principales mandos del Ejército en octubre del pasado año.

Las listas secretas

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Respecto a las polémicas listas de militares ocupadas a los procesados, en medios próximos al gobierno militar se asegura que las mismas no serán facilitadas íntegramente a los abogados defensores, sino que éstos podrán consultarlas en una sala especial habilitada en el propio gobierno militar. Con esta medida, el juez instructor de la causa, coronel José Muñoz, intenta salvaguardar a muchos militares que aparecen en las listas y que no guardan relación alguna con la causa.En estos momentos, los abogados defensores disponen hasta el próximo día 16 de agosto para presentar sus correspondientes escritos de conclusiones provisionales. En ellos, los letrados propondrán las pruebas que estimen oportunas e incluirán las listas de testigos. Los abogados son Santiago Segura, defensor del coronel Crespo Cuspinera y de su hermano; José María del Nido, defensor del teniente coronel Juan Fernández Hidalgo, y José Zugasti, abogado del coronel Luis Muñoz Gutiérrez, que aparece en el sumario como el principal procesado.

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