ELECCIONES DEL 8 DE MAYO

El voto de los presos.

La Junta Electoral Central ha aclarado que no podrán votar los presos que cumplan como pena principal o accesoria la de suspensión del derecho de sufragio. El resto de los presos podrán ejercer por correo el derecho a voto, salvo los casos en que el régimen penitenciario aplicado permita acudir personalmente a la urna....

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La Junta Electoral Central ha aclarado que no podrán votar los presos que cumplan como pena principal o accesoria la de suspensión del derecho de sufragio. El resto de los presos podrán ejercer por correo el derecho a voto, salvo los casos en que el régimen penitenciario aplicado permita acudir personalmente a la urna.

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