El juez embarga los bienes de los ex consejeros del Banco de los Pirineos

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Barcelona ha decretado el embargo de los bienes personales de los miembros del consejo de administración de Banco de los Pirineos. El juez ha estimado la demanda de los interventores judiciales, quienes, al amparo del artículo 20 de la ley de Suspensión de Pagos, habían solicitado la adopción de medidas precautorias para los responsables del banco, tras señalar que existían "claramente indicios racionales de responsabilidad".

La decisión adoptada por la autoridad judicial afecta a los bienes de los miembros del consejo de administra...

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El magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Barcelona ha decretado el embargo de los bienes personales de los miembros del consejo de administración de Banco de los Pirineos. El juez ha estimado la demanda de los interventores judiciales, quienes, al amparo del artículo 20 de la ley de Suspensión de Pagos, habían solicitado la adopción de medidas precautorias para los responsables del banco, tras señalar que existían "claramente indicios racionales de responsabilidad".

La decisión adoptada por la autoridad judicial afecta a los bienes de los miembros del consejo de administración hasta cubrir la suma de 2. 100 millones de pesetas, que es el agujero existente en el banco. Los embargados son entre otros Higinio Torras Majem (presidente), Luis Fita Estrada (vicepresidente), Ignacio de Ribot y de Baúle (consejero secretario) y los consejeros Enrique Manuel Rimbau Tomás, Javier Solá Vilardeli, Andrés Agustí Torras, Miguel Pera Cases, Ramón Roca Boncompte, Tomás Feliu de Cendra, José Canadell Salavedra, Francisco Tolo Verdeny, Fernando Rodríguez de Miguel y Ramos, Eugenio Llarás Latorre, José Palau Francás y José Ros Mediano.Anteriormente, el pasado 18 de marzo, el magistrado emplazó a la totalidad de los miembros del consejo para que en el plazo improrrogable de nueve días compareciesen en el juzgado para notificarles que estaban incursos en la pieza separada de depuración de responsabilidades.

La propuesta de convenio para ultimar la suspensión de pagos incluye dos fórmulas de pago a los acreedores en un plazo de cinco y cuatro años, respectivamente. La primera establece el pago del 10% de la deuda, al contado, dentro de los treinta días siguientes a la aprobación del convenio, otro 10% al vencimiento del primer año y el resto, a razón del 20% anual, en los cuatro años siguientes. La segunda fórmula incluye el pago de un 20% al contado y el 80% restante repartido en partes iguales en cuatro años.

Los créditos de los 4.471 acreedores ascienden a 5.624 millones de pesetas. No obstante, el Fondo de Garantía, con 2.700 millones de pesetas, y el Banco de España, con 1.069 millones, constituyen los árbitros que decidirán la aprobación del convenio para el que se requiere el voto favorable del 66,6% del pasivo. El convenio contiene dos cláusulas que establecen que el Banco de España y el Fondo de Garantía "posponen voluntariamente el derecho al percibo de sus créditos al cobro de la totalidad de sus nominales por parte de los demás acreedores".

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