Tráfico dio ayer las instrucciones para retirar el carné de conducir a los que acumulen más de seis multas en un año

La medida de suspender hasta por tres meses el carné de conducir a aquellos conductores que acumulen más de seis multas en el plazo de un año, hayan sido o no pagadas, comenzará a aplicarse en las próximas semanas, según las instrucciones que la Dirección General de Tráfico dictó ayer a las jefaturas provinciales. La retirada del carné está basada en la aplicación de un artículo vigente del Código de la Circulación que tipifica estas reiteradas sanciones como desobediencia habitual y fue adoptada tras una reunión entre el director general de Tráfico, José Luis Martín Palacín, y el responsable ...

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La medida de suspender hasta por tres meses el carné de conducir a aquellos conductores que acumulen más de seis multas en el plazo de un año, hayan sido o no pagadas, comenzará a aplicarse en las próximas semanas, según las instrucciones que la Dirección General de Tráfico dictó ayer a las jefaturas provinciales. La retirada del carné está basada en la aplicación de un artículo vigente del Código de la Circulación que tipifica estas reiteradas sanciones como desobediencia habitual y fue adoptada tras una reunión entre el director general de Tráfico, José Luis Martín Palacín, y el responsable del área de Seguridad y Policía Municipal en el Ayuntamiento de Madrid, Enrique Moral.

La medida consiste en la aplicación del artículo 289 del Código de la Circulación en el que se recoge la posibilidad de suspender el carné de conducir hasta por tres meses "a los conductores en los que el número de sanciones impuestas, en ningún caso inferior a seis durante los últimos doce meses, permita estimar una habitual desobediencia a las normas de circulación".Este mismo artículo ya intentó utilizarse hace unos meses cuando el Ayuntamiento de Madrid envió a la Jefatura provincial de Tráfico una treintena de expedientes de otros tantos conductores que tenían un número de multas superior a las veinte anuales. Estudiados los expedientes por la Jefatura Provincial de Tráfico se comprobó que, aunque había algunos conductores que superaban las sesenta infracciones, no había ninguno que tuviera acumuladas más de seis multas en los doce meses anteriores por lo que no se podía aplicar el citado artículo.

En aquella ocasión Adolfo Preus, jefe provincial de Tráfico, manifestó que primero se comprobaría si la tramitación de la sanción se había realizado adecuadamente y luego se aplicaría un criterio más cualitativo que cuantitativo con objeto de retirar el carné a aquellos conductores que hubieran puesto en peligro la seguridad vial.

La nueva tentativa municipal ha sido en esta ocasión bien recibida por el nuevo director general de Tráfico, Jose Luis Martín Palacín, conocedor del problema por haber estado casi tres años al frente de la Delegación de Circulación del Ayuntamiento de Madrid. El criterio, según explicó el mismo Martín Palacín, es que se aplique el artículo independientemente de si la multa está o no pagada y del motivo de la infracción siempre y cuando éstas sean más de seis y las sanciones sean firmes, "aunque espero que tanto el ayuntamiento madrileño como el resto enviarán con carácter preferente las relaciones de los que además de cometer las infracciones más graves y acumular mayor número de multasen los últimos; doce meses, no las hayan pagado"

Primera relación de nombres

Según anunció ayer el concejal de Seguridad y Policía Municipal, Enrique Moral esta misma semana su delegación mandará la primera relación con quince nombres a la Jefatura Provincial de Tráfico. Los técnicos de este organismo comprobarán entonces si las infracciones fueron cometidas en los doce últimos meses -este requisito es indispensable- y si el procedimiento seguido ha sido el correcto.Esto quiere decir que el conductor ha recibido, bien de mano de un policía municipal o de un guardia civil de tráfico, o bien por correo una notificación de la infracción dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que fue cometida. En esta notificación se le ha tenido que indicar al infractor (que podía realizar un pliego de descargo en los diez días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si pasado este plazo el infractor no elevó el citado pliego se le habrá tenido que enviar una resolución sancionadora dándole quince días para que presentara si lo deseaba un recurso de alzada. Pasado este nuevo plazo y en caso de no haber realizado este recurso, la resolución es firme.

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De momento se enviarán, según explicó Moral, los expedientes de aquellos que hayan sido multados por infringir gravemente el tráfico por ejemplo por aparcar en zonas de carga y descarga, carril bus y en doble fila y reúnan los requisitos establecidos en el Código.

El anuncio de la aplicación de esta medida fue ayer respondido desde diversos sectores con dureza. Así el director de los servicios jurídicos del Real Automóvil Club de España (RACE), Antonio Albanés, informó que "este organismo es partidario de que se cumplan las normas de circulación pero no de que se vulneren los derechos individuales de los automovilistas y de que se aplique un procedimiento no idóneo. Para el Race, la retirada del carné de conducir es una pena que tiene que aplicar un juez tras un proceso judicial. Si esta norma no se impugnó cuando salió no significa que estemos a favor pero un artículo se puede eliminar también impugnando casos particulares", manifestó Albanés.

El hecho de que las infracciones más comunes que se realizan en Madrid sean por incumplimiento de las normas de la Operación de Regulación de Aparcamiento (ORA) es también utilizado en contra de la aplicación de esta medida.

El director de los servicios jurídicos del Race explicó que no poner el bono de aparcamiento o rebasar el tiempo de permanencia puede ser una infracción al bando municipal que regula la ORA pero no a una norma del Código. "Es por todos estos motivos por los que el Race va a iniciar las acciones pertinentes y se ofrece a cualquier automovilista que se vea afectado por la medida".

Martín Palacín, inventor de la ORA, informó que las multas dentro de la ORA tenían la misma consideración que las impuestas en el resto de la ciudad. "La aplicación de la ORA supone una prohibición de aparcar en una determinada zona de la ciudad aunque con excepciones. Entre estas estarían los residentes y los que ponen unas tarjetas horarias pero el resto está aparcando en zona prohibida".

Lo que está claro es que la medida tendrá un efectos psicológico entre los automovilistas, al igual que lo tuvo la entrada en funcionamiento de la grúa en diciembre que supuso una disminución del 10% en el número de infracciones. Este efecto será aún mayor cuando hacia mediados de año se presente el nuevo Código de la Circulación, cuya modificación está siendo estudiada. El representante del Ayuntamiento de Madrid pedirá, por ejemplo, que se renueven anualmente las placas de matrícula como en otros países -una vez comprobado que se han pagado todas las multas y el impuesto de circulación- y que se mire también si se cumplen estas condiciones para renovar el carné de conducir. No hay que olvidar que en Madrid hay 30.000 vehículos con orden de precinto por no impago de las multas por parte de sus propietarios.

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