Tribuna:

Desastres de la justicia española

"¿Qué son los reinos sin justicia sino un gran latrocinio y pillaje?" (Joan de Galles).Sabido es que en Córdoba hace mucho calor en verano, por eso es lógico que las delegaciones de los ministerios, y no digamos la impresionante del de Hacienda, recientemente construida, tengan refrigeración, aunque a veces tan exagerada que es frecuente ver en ellas a los funcionarios con jersei en pleno agosto o tapadas las entradas del aire frío en las habitaciones. En cambio, en el Palacio de Justicia, edificado hace poco, donde radican la audiencia y los juzgados, sólo hay unos modestos ventiladores.
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"¿Qué son los reinos sin justicia sino un gran latrocinio y pillaje?" (Joan de Galles).Sabido es que en Córdoba hace mucho calor en verano, por eso es lógico que las delegaciones de los ministerios, y no digamos la impresionante del de Hacienda, recientemente construida, tengan refrigeración, aunque a veces tan exagerada que es frecuente ver en ellas a los funcionarios con jersei en pleno agosto o tapadas las entradas del aire frío en las habitaciones. En cambio, en el Palacio de Justicia, edificado hace poco, donde radican la audiencia y los juzgados, sólo hay unos modestos ventiladores.

Los funcionarios de la Administración de justicia eran los únicos del Estado que carecían de la Seguridad Social. La pidieron una y otra vez, sin conseguirla, y sólo mediante una larga huelga obtuvieron, recientemente, ser igualados a los demás.

Estos son sólo dos ejemplos del desdén con que, desde hace tiempo, el Estado español trata a la Administración de justicia. Con ello se ha creado un problema que está llegando a una situación límite, y que creo necesario que los españoles conozcan y exijan de sus gobernantes un remedio pronto y eficaz.

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Son muchos los juzgados vacantes años y años, donde los asuntos se paralizan y la Admi nistración de justicia desaparece. De uno de ellos, llevo esperando una sentencia de un juicio penal desde el mes de enero de 1980. En el mismo me consta que una pobre mujer, cuyo marido fue muerto en un accidente de circulación, lleva más de un año viviendo de la caridad pública, ella y sus hijos, porque no hay un juez que le señale una pensión diaria a cuenta de la indemnización que en su día pueda corres ponderle. En tales juzgados, los abogados están prácticamente en paro.

Pero el caso más generalizado es el de los juzgados tan saturados de trabajo, por la cantidad de asuntos que tienen que sustanciar al cabo del año -sobre los 2.000, con bastante frecuencia- y la falta de personal y elementos materiales, en los que, por muy buena que sea la voluntad de quienes los desempeñan, la justicia se administra muy deficientemente.

Una de las cosas que ocurren es que el secretario, que, además de ser el depositario de la fe pública judicial, es un técnico jurídico que podría y debía colaborar con el juez en la tramitación de los procedimientos, desde que se crearon las tasas judiciales, se ha convertido en un recaudador de impuestos, y no figura para nada en la Administración de justicia. Los jueces son los únicos que han de ocuparse de todos los asuntos, y cuando éstos pasan bastante del millar en un año, por mucho que quieran no pueden ni controlarlos ni llevarlos como es debido y está mandado.

El artículo 117,3 de la Constitución establece que la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde a los juzgados y tribunales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

Pues veamos unos ejemplos de cómo se cumplen estos procedimientos. Una de las pruebas que ordena la ley de Enjuiciamiento Civil es la de reconocimiento judicial, que frecuentemente es decisiva para la resolución de un pleito, ya que solamente viendo el juez una situación de hecho puede hacerse verdadera idea de ella, y resolver con conocimiento de causa. Pues bien, en estos juzgados supersaturados, tal prueba ha desaparecido de hecho, ya que los jueces la deniegan sistemáticamente por no tener materialmente tiempo de dedicar un día o una tarde para ir a ver lo que las partes desean. Otras de las pruebas más frecuentes son las de confesión judicial y la testifical. La ley de procedimiento manda que las practique personalmente el juez, en presencia del secretario, y ello por la elemental razón de que es la única manera de que, viendo directamente a los declarantes, e interrrogándoles para pedirles aclaraciones, valoren con más exactitud sus testimonios. Pero como los jueces no tienen tiempo para ello, y los secretarios están dedicados a cobrar las tasas, dichas pruebas las practica un oficial o un auxiliar. Lo mismo suele ocurrir en los procedimientos penales.

Con ello, no sólo se incumple el procedimiento establecido, sino que se incurre en el delito de falsedad que define el artículo 302,2 del Código Penal, porque, naturalmente, en las actas de tales declaraciones figura que las ha presenciado el juez y da fe de ello el secretario. Con lo que se da la increíble paradoja de que determinados jueces: y secretarios son unos delincuentes habituales por cometer diariamente varios delitos graves, y los abogados somos sus cómplices. Así es, gracias al verdadero estado de necesidad en que se encuentra la Administración de justicia.

Naturalmente, cuando el juez, por la cantidad de asuntos que tiene que tramitar, sin contar con la ayuda del secretario, no los puede controlar, la picaresca y la corrupcion entran en los juzgados, y entonces, desgraciadamente, no es infrecuente que, con dinero, se adelanten o se atrasen los asuntos, según convenga. Cuando no se pueden atender todos a su debido tiempo, siempre es el mejor postor el que hace su avío. Esto suele ocurrir en los exhortos, mandamientos de embargo y otros asuntos en que los jueces no intervienen directamente. Con tal estado de cosas, los litigantes se desesperan por la increíble tardanza de los pleitos y de la ejecución de las sentencias. Como segán una tan absurda como injusta ley, el moroso sólo paga como interés de demora el 4% hasta que existe sentencia firme, los incumplidores de sus obligaciones están haciendo, su agosto con no pagar y que los, pleitos duren cuanto más mejor. En cambio, el honrado ciudadano que necesita el dinero y que sabe lo que el pleito le va a costar y tardar, acaba por transigir cobrando menos de lo que se le debe, porque le resulta peor negocio esperar a que se le haga justicia.

Por otra parte, en estos juzgados supersaturados, el mal humor está a la orden del día. Mal humor en los funcionarios, honrados en su gran mayoría, que se desesperan al ver que no pueden atender a todos los asuntos en los plazos establecidos, por muchas horas de trabajo que dediquen al día. Los jueces se desesperan igualmente porque ni pueden controlar los asuntos, ni cumplir los procedimientos, ni dictar las resoluciones con el sosiego, el estudio y la meditación que muchos asuntos requieren. Tienen que salir del paso cuando y como pueden, con lo que ven frustrada su vocación de administradores de justicia. Lo mismo ocurre en los tribunales de apelación, que también han optado por ir dejando que los asuntos se acumulen y esperen a que les llegue su turno, aunque tarden años, porque la capacidad humana tiene un límite, y no pueden sobrepasarlo por mucha que sea su voluntad.

El artículo primero de la Constitución proclama que España se constituye en un Estado sociál y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, lajusticia, la igualdad y el pluralismo político. Y yo me pregunto, ¿cómo puede hablarse de Estado de derecho cuando la Administración de justicia está totalmente abandonada? ¿Cómo puede decirse que uno de los valores superiores de su ordenaniÍento jurídico es la justicia si no hay los jueces necesarios ni los que hay disponen de los medios humanos y materiales para desempeñar su misión?

Por lo que vengo diciendo, en un gran sector la justicia es pésima, porque en unos juzgados no hay jueces, y en otros, los jueces, no pueden con los asuntos que tienen. La corrupción -el cohecho- está extendiéndose cada vez más en la justicia. Ya sé que el país tiene muchos y graves problemas, pero si partimos de la base de que lo primero que se quiere es ser un Estado de derecho, la Administración de justicia debía ser de atención preferente y, sin embargo, bien poco es el caso que se le hace. Así está ella.

Decía el príncipe de Ligne que, para ser imparcial, hay que tener mucho dinero en el bolsillo. No sé de ningún juez corrompido, pero sí pienso que debe ser el funcionario mejor pagado de todos, porque su función es la de más trascendencia y delicada en un verdadero Estado de derecho, y porque es la manera de atraer a esta profesión a los mejor preparados.

Debe de contar con unos funcionarios eficientes, lo mejor pagados posible, y en la cantidad necesaria para atender los asuntos que le correspondan, así como todos los medios materiales que faciliten el desempeño de su alta misión.

Mientras no sea así, lo del Estado de derecho será pura utopía, y los españoles seguiremos padeciendo, cada vez más, este desastre de justicia que tenemos, que yo siento exponer, pero que creo es necesario que lo sepan y exijan que se le ponga remedio.

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