Cartas al director

Iglesia, divorcio y Estado

El articulo del prestigioso teólogo y escriturista José María González Ruiz (EL PAÍS del 7 de febrero) puso el dedo en la llaga al documento de los obispos. Estoy de acuerdo totalmente con él, pero deseo añadir algunas razones de carácter bíblico, ya que la Biblia es el fundamento de la mayor parte de las verdades religiosas para las iglesias cristianas.En el Antiguo Testamento, Moisés, inspirado por Dios, escribió en el libro del Exodo: «Si un hómbre toma a una mujer y se casa con ella, y resulta que esta mujer no halla gracia a sus ojos, porque descubre algo que le desagrada, le redac...

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El articulo del prestigioso teólogo y escriturista José María González Ruiz (EL PAÍS del 7 de febrero) puso el dedo en la llaga al documento de los obispos. Estoy de acuerdo totalmente con él, pero deseo añadir algunas razones de carácter bíblico, ya que la Biblia es el fundamento de la mayor parte de las verdades religiosas para las iglesias cristianas.En el Antiguo Testamento, Moisés, inspirado por Dios, escribió en el libro del Exodo: «Si un hómbre toma a una mujer y se casa con ella, y resulta que esta mujer no halla gracia a sus ojos, porque descubre algo que le desagrada, le redactará un libelo de repudio, se lo pondrá en la mano y la despedirá de su casa». Según las palabras de Jesús, esta permisión de Moisés fue debida a la dureza de corazón , dicho en términos de hoy, a la corrupción existente sobre el tema. Ante ello nos preguntamos: ¿no podría la Iglesia católica reconsiderar la corrupción actual o la nueva ideología y praxis del matrimonio y admitir para determinados casos una, permisión del divorcio?

Un segundo caso se halla en elEvangelio de Mateo: « Os digo que quien repudia a su mujer, excepto en caso de fornicación (porneia), comete adulterio». Muchas traducciones se le han dado a la palabra griega «porneia», pero la más corriente es «adulterio». Mateo concede este derecho a los cristianos siropalestinenses, cosa que no interesa a Marcos y Lucas, que se dirigen a Roma y a Grecia, donde el adulterio no sígnificaba nada en orden al divorcio. Síguieron esta práctica la Iglesia oriental ortodoxa y también la Iglesiá latina en algunas épocas. Mateo tomó partido por la escuela judía contemporánea de Shammai, que sólo permitía el divorcio en caso de adulterio y no «por cualquier motivo», como la escuela de Hillel. San Agustín, san Juan Crisóstomo y san Basilio admitieron la posibilidad de nuevas nupcias interpretando el texto citado de Mateo. ¿No podría la Iglesia admitir esta posibilidad tradicional ante un caso de adulterio flagrante,

La tercera excepción se encuentra en san Pablo, y es llamado el «privilegio paulino». Al hablar de un matrimonio mixto, dice: «Si la. parte no creyente quiere separarse, que se separe; en este caso el cristiano o la cristiana no están ligados: para vivir en paz nos llamó el Señor». Es decir, que se ha roto el matrimonio al separarse la parte culpable. ¿No existen hoy en día muchos abandonos físicos, mora:les o de malos tratos contra cónyuges inocentes? ¿Por qué una mujer que fue abandonada a los veintidós años por su marido ha tenido que vivir sola hasta los ochenta que murió? Casos similares conocemos todos. La Iglesia católica y otras iglesias hermanas deberían considerar estos casos de la Biblia y adaptarlos a nuestros tiempos./

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Canónigo lectoral y profesor de Sagrada Escritura.

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