Cartas al director

Corredores de comercio

En la página 41 de EL PAÍS del 25 de enero aparece, al final, un comentario titulaco «La Bolsa decidida a llevar adelante su reordenación por decreto», encabezado por las iniciales de su redactor C. H.El redactor, después de hacer un comentario sobre el Real Decreto 1.849/1980, de 5 de septiembre, por el que se regulan las órdenes de compraventa y el régimen de aplicaciones sobre valores mobiliarios con cotización o oficial, termina con una manifestación que atribuye a representantes de la banca con el siguiente párrafo: «Incluso algunos (representantes bancarios) amenazaron con desviar...

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En la página 41 de EL PAÍS del 25 de enero aparece, al final, un comentario titulaco «La Bolsa decidida a llevar adelante su reordenación por decreto», encabezado por las iniciales de su redactor C. H.El redactor, después de hacer un comentario sobre el Real Decreto 1.849/1980, de 5 de septiembre, por el que se regulan las órdenes de compraventa y el régimen de aplicaciones sobre valores mobiliarios con cotización o oficial, termina con una manifestación que atribuye a representantes de la banca con el siguiente párrafo: «Incluso algunos (representantes bancarios) amenazaron con desviar sus operaciones hacia otras plazas o hacia los corredores de comercio, a quienes, al parecer, consideran más tolerantes para con sus intereses». El comentario referido puede dañar y de hecho daña la figura del corredor colegiado de comercio y del cuerpo en su conjunto, y distorsiona la realidad de lo que en otros momentos haya podido producirse.

Los corredores de comercio han podido actuar siempre con la más exquisita corrección, sin sometimiento a particulares intereses de intermediarios financieros, al no estar ligados a rigideces y normativas reglamentarias de mercados organizados como las Bolsas o Bolsines de Comercio, y aún así cuando en el pasado estos profesionales han efectuado transacciones que alguien pudiera considerar superadoras de rigideces, su proporción ha sido siempre ridícula respecto de su total, intervenidas por el conjunto de los agentes mediadores. El Cuerpo de Corredores de Comercio, que ha colaborado con las Bolsas y con la Administración en la redacción del real decreto a que nos referimos, es consciente de su necesidad, y suscribe íntegramente su acertada exposición de motivos manteniendo el mismo criterio expresado por su representación en el seno de la Comisión para el Estudio del Mercado de Valores, criterio coincidente con todas las demás representaciones que dieron como fruto el que fuera asumido por la comisión en su informe./

Ex presidente de la Junta Central de Corredores.

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