Actualizadas las cotizaciones a la Seguridad Social para distintos colectivos

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la actualización de cotizaciones a la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos, representantes de comercio, afiliados al régimen especial agrario y empresarios que ocupen trabajadores en labores agrarias.

Todas estas actualizaciones surtirán efectos desde el pasado primero de junio, según indican las correspondientes resoluciones de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social. En síntesis, establecen lo siguiente: -Trabajadores por cuenta propia o autónomos: su base mínima de cotización será de 24.00...

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El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la actualización de cotizaciones a la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia o autónomos, representantes de comercio, afiliados al régimen especial agrario y empresarios que ocupen trabajadores en labores agrarias.

Todas estas actualizaciones surtirán efectos desde el pasado primero de junio, según indican las correspondientes resoluciones de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social. En síntesis, establecen lo siguiente: -Trabajadores por cuenta propia o autónomos: su base mínima de cotización será de 24.000 pesetas mensuales, y el límite máximo para elegir base por parte de los mayores de 55 años, de 66.000 pesetas mensuales.

- Representantes de comercio: la base de cotización obligatoria queda fijada en 26.580 pe setas al mes y 886 pesetas al día. Los tramos de mejora voluntaria mensuales serán de 6.660 pesetas y no se admitirán inferiores.

- Régimen especial agrario:a la vista de los tipos de cotización vigentes (8% trabajadores por cuenta ajena, y 9% por cuenta propia), así como del salario mínimo y otros aspectos, las nuevas bases mínimas mensuales oscilarán entre las 9.570 pesetas para trabajadores por cuenta ajena hasta diecisiete años, y las 24.690, para trabajadores por cuenta propia. Igualmente, las cuotas fijas mensuales oscilarán entre las 766 pesetas y las 2.222, quedando la de mayores de dieciocho años en 1.975 pesetas.

- Empresarios agrarios: la base de cotización por jornada real oscilará entre 434.y 1.765.

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