Reconocimiento en Bélgica del matrimonio "post mortem"

Por primera vez, un tribunal belga reconoció como válido el matrimonio post mortem, realizado por una súbdita belga ante una alcaldía francesa tras la muerte, en accidente, de su novio.

Los hechos que llevaron a esta decisión del tribunal de apelación ocurrieron en 1968. Una joven belga, que se encontraba embarazada, iba a casarse con su novio, de nacionalidad francesa, cuando, ocho días antes de la boda, éste murió en accidente de automóvil en una carretera belga.

Teniendo en cuenta que desde hace veinte años, Francia reconoce el matrimonio póstumo en determinadas cir...

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Por primera vez, un tribunal belga reconoció como válido el matrimonio post mortem, realizado por una súbdita belga ante una alcaldía francesa tras la muerte, en accidente, de su novio.

Los hechos que llevaron a esta decisión del tribunal de apelación ocurrieron en 1968. Una joven belga, que se encontraba embarazada, iba a casarse con su novio, de nacionalidad francesa, cuando, ocho días antes de la boda, éste murió en accidente de automóvil en una carretera belga.

Teniendo en cuenta que desde hace veinte años, Francia reconoce el matrimonio póstumo en determinadas circunstancias, la joven se trasladó a ese país y formalizó el contrato nupcial ante una alcaldía. Retornó a Bélgica para hacer valer sus derechos, especialmente ante la compañía de seguros que tenía que indemnizarla, pero el tribunal de primera instancia de Arlon entendió que, si bien el matrimonio era válido, no tenía efectos civiles en Bélgica, ni para la mujer ni para el hijo que ya había nacido.

El tribunal reconoció sólo un perjuicio moral, valorado en 100.000 francos belgas -220.000 pesetas- para la madre y 50.000 francos belgas -más de 100.000 pesetas- para el hijo. Ambas partes recurrieron ante el tribunal de apelación de Lieja. La compañía de seguros pidió la nulidad del matrimonio y la mujer solicitó que se le reconociese en Bélgica el matrimonio con plenitud de derechos. Los tribunales han dado la razón a la mujer frente a la compañía de seguros.

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