CEOE reclama ante la OIT la restitución del patrimonio sindical

Los empresarios se quejan ante la OIT por no ser tenidos en cuenta al hacer el reparto del patrimonio sindical y reconocen el carácter político de la cuota sindical. El presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Carlos Ferrer, ha presentado una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), «reivindicando la devolución del patrimonio incautado en 1939 a los gremios y organizaciones empresariales y la participación en los mecanismos que se establezcan para decidir el destino del patrimonio constituido en el seno de la Organización Sindical»....

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Los empresarios se quejan ante la OIT por no ser tenidos en cuenta al hacer el reparto del patrimonio sindical y reconocen el carácter político de la cuota sindical. El presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Carlos Ferrer, ha presentado una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), «reivindicando la devolución del patrimonio incautado en 1939 a los gremios y organizaciones empresariales y la participación en los mecanismos que se establezcan para decidir el destino del patrimonio constituido en el seno de la Organización Sindical». Se trata de la primera reclamación por escrito de los empresarios españoles en este asunto.Hasta ahora, el portavoz de la CEOE en el consejo de administración de la OIT, Vicente Castellano, se había limitado a intervenir en las últimas reuniones (noviembre de 1978 y febrero y junio de 1979) para replicar al representante de los trabajadores españoles, José Antonio Aguiriano, cuando éste apoyaba la reclamación de UGT sobre el patrimonio sindical. Incluso el señor Castellano dijo que la OIT no era el foro adecuado, pues la polémica debía solucionarse dentro de España y ante las autoridades del Estado español. Sin embargo, después del reciente dictamen del comité de libertad sindical, recomendando negociaciones entre Gobierno y sindicatos, la CEOE ha cambiado de táctica y se ha decidido a presentar esta queja, que va documentada ampliamente con un estudio de medio centenar de páginas sobre lo que fue la extinguida CNS y el carácter de los bienes del sindicalismo vertical.

No solamente la CEOE se suma a las anteriores quejas de UGT y del SU, sino que ataca al Gobierno español, por medio del escrito que firma el señor Ferrer Salat, ya que -dice- «la no devolución o la falta de consultas formales sobre el procedimiento que el Gobierno piensa seguir para la solución de esta cuestión (del patrimonio sindical), viola, tanto los legítimos derechos del empresariado, representado por sus organismos, como los convenios de la OIT sobre libertad sindical.

Pero este reconocimiento expreso de que los sindicatos han de tener un patrimonio se complica al efectuar un recuento de las transformaciones operadas en el verticalismo de la ley de Bases de 1940, en la que la Organización Sindical estaba vinculada a FET y de las JONS, hasta la ley Sindical de 1971, que concede autonomía institucional y funcional a la Organización Sindical española.

En opinión de algunos expertos de la OIT, consultados oficiosamente por EL PAIS, será difícil que el consejo de administración de la OIT llegue a entender las sutiles diferencias que se hicieron al hablar del patrimonio sindical en los últimos años del régimen franquista. Este párrafo, por ejemplo, no encaja en ninguno de los conceptos que se manejan por aquí: «El patrimonio sindical estará constituido por el conjunto de bienes y derechos de que es titular la Organización Sindical y por los patrimonios de los sindicatos y demás entidades sindicales.» Era el lenguaje de la ley de 1971, que ahora invoca la CEOE.

Tampoco se alude a lo ocurrido con algunos de esos «patrimonios de sindicatos» (no de la Organización Sindical), que tal vez hayan pasado a poder de grupos empresariales, de forma más o menos misteriosa.

La CEOE mantiene la tesis de que la cuota sindical debe considerarse «como una exacción parafiscal excluida del régimen común, por motivos más políticos que técnicos».

Muy arriesgado resulta ese aserto, según los expertos, pues si los empresarios proclaman que fueron «motivos políticos» lo determinante del establecimiento de la cuota, cualquier argumentación técnico-jurídica (que es la contenida en el dictamen anexo a la queja de la CEOE) carece de interés. Dicho de otra forma: ante la OIT no está debatiéndose un asunto con razones jurídicas, sino que es una cuestión política la planteada.

Según especialistas jurídicos en la materia, no se entiende que la CEOE haya incurrido en el error de reconocer de forma expresa y terminante el carácter político del debate sobre el patrimonio sindical.

Después de esta queja de los empresarios, en el consejo de administración de la OIT se verá aún menos claro el destino final del llamado patrimonio sindical, al que se han añadido algunas dificultades. Primero, el mencionar que, además del patrimonio de la Organización Sindical, existían patrimonios de sindicatos y de otras entidades sindicales. Ya no basta con distinguir entre patrimonio incautado y patrimonio acumulado, sino que dentro de este último o entre el incautado deberá distinguirse entre patrimonio de la Organización Sindical, patrimonio de sindicatos y patrimonio de entidades sindicales.

Archivado En