Leyes orgánicas relativas al desarrollo de los derechos fundamentales

Asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales (artículo 17-3).Procedimiento de habeas corpus y plazo máximo de duración de la prisión provisional (artículo 17-4).

Limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos (artículo 18-4).

Derecho de los españoles a entrar y salir libremente de España (artículo 19).

Regulación del derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional (artículo 20-1).

Regulación de la organización y del control parlamentario de los med...

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Asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales (artículo 17-3).Procedimiento de habeas corpus y plazo máximo de duración de la prisión provisional (artículo 17-4).

Limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos (artículo 18-4).

Derecho de los españoles a entrar y salir libremente de España (artículo 19).

Regulación del derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional (artículo 20-1).

Regulación de la organización y del control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado (artículo 20-3).

Regulación de los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesíonal, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos (artículo 24-2).

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Más información

Intervención en el control y gestión de los centros docentes estatales por parte de los profesores, padres y, en su caso los alumnos (artículo 27-7).

Autonomía de las universidades (artículo 27-10).

Ayuda de los poderes públicos a los centros docentes (artículo 27-9).

Sindicación de los funcionarios públicos y de los miembros de las Fuerzas Armadas o institutos armados y de los demás cuerpos sometidos a disciplina militar (artículo 28-1).

Regulación del derecho de huelga para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de, la comunidad (artículo 28-2).

Derecho de petición individual y colectiva de todos los españoles (artículo 29-1).

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