Nuevas normas de seguridad para bancos y cajas

Las normas de seguridad que las entidades bancarias y de ahorro deben observar han sido modificadas de acuerdo con un real decreto que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado del Ministerio del Interior.En el articulado se establece con carácter obligatorio la creación de un Departamento de Seguridad, cuyo jefe será libremente designado por la entidad, nombramiento, que será comunicado a la Dirección General de Seguridad que, a su vez, lo notificará al Gobierno Civil correspondiente. El Departamento de Seguridad será único para cada entidad y con competencia en todo el ámbito geográf...

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Las normas de seguridad que las entidades bancarias y de ahorro deben observar han sido modificadas de acuerdo con un real decreto que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado del Ministerio del Interior.En el articulado se establece con carácter obligatorio la creación de un Departamento de Seguridad, cuyo jefe será libremente designado por la entidad, nombramiento, que será comunicado a la Dirección General de Seguridad que, a su vez, lo notificará al Gobierno Civil correspondiente. El Departamento de Seguridad será único para cada entidad y con competencia en todo el ámbito geográfico de actuación.

Asimismo, se creará una comisión mixta con carácter permanente, compuesta por representantes del Ministerio de Interior y de las entidades de crédito y que presidirá el subsecretario de Orden Público.

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