La nueva tarifa del impuesto de la renta trata de conseguir realismo en las declaraciones

El pago del impuesto general sobre la renta de las personas físicas correspondiente al presente ejercicio, que debe abonarse en los cinco primeros meses del próximo año, sufrirá una sensible reducción si las Cortes aprueban el proyecto de ley que el Gobierno ha remitido a la Cámara. Se trata de una disposición de un sólo artículo que modifica la actual tarifa del impuesto para establecer la prevista en los proyectos de nueva imposición directa.

La disposición establece también que el tipo máximo de gravamen es del 44%. Este tipo no lo alcanzarán más que aquellos contribuyentes que decla...

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El pago del impuesto general sobre la renta de las personas físicas correspondiente al presente ejercicio, que debe abonarse en los cinco primeros meses del próximo año, sufrirá una sensible reducción si las Cortes aprueban el proyecto de ley que el Gobierno ha remitido a la Cámara. Se trata de una disposición de un sólo artículo que modifica la actual tarifa del impuesto para establecer la prevista en los proyectos de nueva imposición directa.

La disposición establece también que el tipo máximo de gravamen es del 44%. Este tipo no lo alcanzarán más que aquellos contribuyentes que declaren una base imponible superior a los doce millones de pesetas a la vista de la nueva tarifa.En el cuadro adjunto facilitamos la nueva tarifa que previsiblemente será aprobada por las Cortes y que tiene un interés inmediato para aquellos contribuyentes que suelen realizar inversiones a fin de año con objeto de conseguir un determinado nivel de desgravación por inversiones que les permita llegar a una declaración negativa.

En el cuadro señalamos cuáles son los tipos aplicables con la tarifa hasta ahora en vigor y la diferencia entre esta tarifa y la propuesta por el Gobierno.

El resultado, en términos de cuota a ingresar al Tesoro, supone que para rentas de hasta 800.000 pesetas, si proceden de rentas del trabajo, el impuesto específico que las grava (IRTP) compensará la cuota íntegra y permitirá alcanzar una declaración negativa.

A partir de esta renta, siempre que no haya desgravaciones, la cuota sufre sensibles reducciones respecto al sistema anterior. Como ejemplos tipo señalaremos que para rentas de un millón la cuota desciende en 40.000 pesetas. Para tres millones de base, el descenso es de 371.000 pesetas. Para cinco millones asciende a 808.000 pesetas. En base a estas reducciones el Ministerio de Hacienda cree que la declaración de las bases se ajustará a la realidad con mayor precisión de la acostumbrada hasta ahora. Los mecanismos de inspección y control, más rigurosos, después de la ley urgente, permitirán también aumentar la presión a favor de un realismo en las declaraciones.

Hay que señalar que el punto más favorable en la nueva tarifa se produce para bases del orden de los seis millones de pesetas en que la diferencia de tipo nuevo y antiguo es del 16,64%.

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