Editorial:

El abogado, en la detención

CON MAYORES dosis de ingenuidad que mala fe, algún limitado medio de comunicación social se ha permitido repetidas censuras sobre la intervención de un abogado y una periodista en la pacífica detención de un presunto militante de los GRAPO. Nos consta que también un sector limitado de las fuerzas policiales de este país -o concretamente las de Madrid- no ha visto con agrado la mediación extrapolicial del foro y la prensa cuando el sujeto de una detención se siente amenazado por la fuerza pública aun en la intención de una entrega pacífica.Debe explicitarse antes que nada que la captura ...

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CON MAYORES dosis de ingenuidad que mala fe, algún limitado medio de comunicación social se ha permitido repetidas censuras sobre la intervención de un abogado y una periodista en la pacífica detención de un presunto militante de los GRAPO. Nos consta que también un sector limitado de las fuerzas policiales de este país -o concretamente las de Madrid- no ha visto con agrado la mediación extrapolicial del foro y la prensa cuando el sujeto de una detención se siente amenazado por la fuerza pública aun en la intención de una entrega pacífica.Debe explicitarse antes que nada que la captura del señor Torrijos en la madrugada del sábado -en la que junto al profesor Tierno Galván medió una periodista de EL PAIS- fue un modelo de buen sentido y de tranquilidad por parte de los responsables policiales. Posteriores visitas del profesor Tierno al detenido autorizan a afirmar que el supuesto miembro de los GRAPO no fue tratado incorrectamenle en la Dirección General de Seguridad. Su manifiesto temor a ser objeto de abusos en el momento de su detención quedó igualmente disipado hasta extremos versallescos: el señor Sainz, subdirector general de Seguridad, tendió la mano abierta al detenido cuanto éste, al verle, entre la periodista y el abogado, levantó los brazos en señal de entrega.

Pero todo ello son anécdotas que no nos deben llevar a otro lugar que a la meditación de unas prácticas de detención policial, usuales hace tiempo en otros países occidentales, y cuya aplicación en España empieza a ser urgente para no confundir a la opinión pública, disipar rumores y evitar ciertos sumarios.

Estamos de acuerdo en que la presencia de un abogado y un periodista en el momento de la detención de un presunto delincuente no es ni necesaria ni deseable para la imagen pública de una policía al servicio de una sociedad democrática. Diríamos más: es el precio -y mal precio- que las autoridades policiales se ven obligadas a pagar públicamente por su insólita resistencia a la presencia de un abogado en la detención -si ello es factible-, y siempre en el interrogatorio.

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Las interminables series de películas emitidas por Radiotelevisión Española sobre temas policiales nos han acostumbrado beneficiosamente a la idea de que un detenido tiene derecho a realizar una llamada a su abogado. Pero aquí, todavía, un detenido permanece el lapso de su habeas corpus en completo aislamiento del mundo exterior. Y, por lo demás, los atestados levantados sobre los interrogatorios no llegan a losjueces con las firmas de los interrogadores policiales.

El núcleo de muchos problemas de credibilidad democrática de nuestra policía se acaba resumiendo en esa simple premisa -tan fácil de poner en práctica- de la asistencia legal de los detenidos desde el mismo momento de su detención. Ni comparativa ni sustancialmente parece una aspiración descabellada y, a fin de cuentas, representa una garantía legal de doble filo: para quien es detenido y para quien detiene. Será entonces cuando auténticamente estén de sobra los periodistas como garantes o testigos de la integridad o buen trato de los presuntos delincuentes.

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