Regulado el registro de subvenciones electorales
El secretario de la Junta Electoral Central será el encargado del registro de notificaciones de las subvenciones que reciban los partidos y coaliciones electorales procedentes de entidades bancarias y de crédito, a cuenta de las subvenciones estatales, según la norma que lo regula, que ayer apareció en el Boletín Oficial del Estado.El registro contará con varios funcionarios cuya misión será calificar y bastantear los poderes y facultades de quienes firmen las notificaciones, así como realizar gestiones de contabilidad e intervención.
Dentro de las veinticuatro horas sigui...
Regístrate gratis para seguir leyendo
Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
El secretario de la Junta Electoral Central será el encargado del registro de notificaciones de las subvenciones que reciban los partidos y coaliciones electorales procedentes de entidades bancarias y de crédito, a cuenta de las subvenciones estatales, según la norma que lo regula, que ayer apareció en el Boletín Oficial del Estado.El registro contará con varios funcionarios cuya misión será calificar y bastantear los poderes y facultades de quienes firmen las notificaciones, así como realizar gestiones de contabilidad e intervención.
Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la presentación de cada notificación, los funcionarios del registro informarán al secretario de la junta acerca de la suficiencia de poderes y facultades de los firmantes de las notificaciones. El secretario, teniendo en cuenta sí la asociación, partido, federación o coalición pueden tener derecho a las subvenciones, ordenará la inscripción de la notificación en el registro, requerirá al firmante de la misma para que acredite su representación, o bien le comunicará que la entidad que representa no tiene derecho a subvención. Después de la campaña, el secretario de la junta remitirá a la Dirección General del Tesoro una relación de las notificaciones.