El Sergas tendrá que pagar 200.000 euros por la muerte de un bebé

El fallo judicial considera que no se evaluaron correctamente los antecedentes de gestación de la madre, que ya no podrá tener más hijos

Una sentencia del juzgado de primera instancia número 36 de Barcelona ha condenado a la compañía aseguradora del Servizo Galego de Saúde (Sergas) a pagar 200.000 euros más los intereses de demora a unos padres de Vigo por el fallecimiento de su hija recién nacida al apreciar fallos de asistencia médica en el Hospital Xeral de esta ciudad donde la madre dio a luz.

Según la información difundida por el Defensor del Paciente, que tramitó la denuncia de los padres, el fallo judicial, que puede ser recurrido por ...

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Una sentencia del juzgado de primera instancia número 36 de Barcelona ha condenado a la compañía aseguradora del Servizo Galego de Saúde (Sergas) a pagar 200.000 euros más los intereses de demora a unos padres de Vigo por el fallecimiento de su hija recién nacida al apreciar fallos de asistencia médica en el Hospital Xeral de esta ciudad donde la madre dio a luz.

Según la información difundida por el Defensor del Paciente, que tramitó la denuncia de los padres, el fallo judicial, que puede ser recurrido por el Sergas, concluye que a la madre se le tenía que haber practicado una cesárea para evitar los riesgos del parto, en base a los informes forenses de varios especialistas. La mujer se había quedado embarazada tras múltiples intentos y mediante tratamientos de fertilidad, según consta en su historial clínico, antecedentes que según la juez no se han tenido en cuenta para que la asistencia médica fuese evaluada correctamente. Como consecuencia de esta mala praxis, la madre, que entonces tenía 41 años, ya no podrá intentar otro embarazo.

Los hechos ocurrieron en noviembre 2012 cuando la mujer se puso de parto y ya había roto aguas. Entonces acudió con su marido al citado centro donde fue atendida y monotorizada. La denuncia del Defensor del Paciente que ha admitido como válida la sentencia, considera que a partir de ese momento se produjo un "déficit asistencial" en el equipo médico del Hospital Xeral que derivó en el fallecimiento de la niña a las pocas horas de nacer.

En concreto, el abogado de la asociación y representante de los denunciantes, Cipriano Castreje, ha achacado al Sergas que no se hubiesen evaluado correctamente los antecedentes obstétricos ni los riesgos de gestación de la madre. Además, el letrado considera que no hubo consentimiento informado para el trabajo del parto y que se debió de haber optado por la práctica de una cesárea.

Después de evaluar todas las pruebas documentales y los testimonios de la comadrona y del ginecólogo que asistieron al parto, la juez ha admitido la denuncia del Defensor del Paciente y concluye que el fallecimiento de la niña a las pocas horas de su nacimiento se debió a un fallo multiorgánico secundario a una sepsis vertical.

También sostiene el fallo que las causas del fallecimiento se podrían haber tratado de forma eficaz en un estadio inicial, sobre todo si se hubiese practicado una cesárea de urgencia. Por ello, la titular de este juzgado ve una "relación causal entre la inadecuada asistencia prestada a la paciente durante el parto y el fatal desenlace posteriormente ocurrido", apunta la asociación.

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Ante estos hechos, la sentencia concede 110.000 euros a la madre y 90.000 al padre, más los intereses de la ley del contrato de seguro debidamente razonados y justificados en la sentencia, con lo que la indemnización final se acercará a los 300.000 euros. A la vista de este caso, la presidenta de la Asociación el Defensor del Paciente, Carmen Flores, ha pedido la mejora y revisión de los protocolos de atención obstétrica en este tipo de partos, según informa Europa Press.

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