La Guardia Urbana podrá preguntar a sus agentes investigados sobre su orientación sexual

La Autoridad Catalana de Protección de Datos considera que el fichero es “congruente” y desestima las denuncias presentadas por los sindicatos y el PP

Ada Colau con agentes de la Guardia Urbana, el pasado abril.Albert Garcia

La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha archivado la denuncia presentada en abril por el Sindicato de Agentes de la Policía Local (SAPOL), CCOO, el Sindicato Autónomo de Policía de las Policías Locales de Cataluña (SAP-PL) y el PP contra el Ayuntamiento de Barcelona por la creación, por parte de la unidad de asuntos internos de la Guardia Urbana, de un fichero que incluía datos especialmente pr...

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La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha archivado la denuncia presentada en abril por el Sindicato de Agentes de la Policía Local (SAPOL), CCOO, el Sindicato Autónomo de Policía de las Policías Locales de Cataluña (SAP-PL) y el PP contra el Ayuntamiento de Barcelona por la creación, por parte de la unidad de asuntos internos de la Guardia Urbana, de un fichero que incluía datos especialmente protegidos de los agentes investigados disciplinariamente.

El pasado mes de abril, el Consistorio aprobó la creación del polémico archivo y publicó la decisión en el registro de el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. El fichero daba vía libre a los policías de la Unidad de Deontología y Asuntos Internos (UDAI) de la Guardia Urbana para solicitar a los agentes investigados por la comisión de faltas o infracciones disciplinarias o penales datos como “ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnicos, salud (enfermedades, discapacidades…), vida sexual, violencia de género”. Los responsables del cuerpo siempre mantuvieron que solo se preguntaría a los investigados aquellas cuestiones que tuvieran que ver con las investigaciones abiertas y que los urbanos estaban en su derecho de contestar o no. Los creadores del archivo pretendían así mantener abiertas todas las variables posibles para que el fichero fuera útil y los datos estuvieran lo suficientemente protegidos para solo ser comunicados a administraciones o entes públicos que los requieran en el uso de sus competencias previstas por la ley.

El archivo fue cuestionado y denunciado ante la APDCAT, dependiente de la Generalitat de Cataluña. El organismo ha optado por archivar las denuncias e inscribir el fichero en el registro de protección de datos de Cataluña como paso previo a su puesta en funcionamiento.

Según la resolución de la APDCAT, con la creación del archivo “no se observa la vulneración de la legislación de protección de datos de carácter personal de los agentes”. La misma resolución califica de “congruente” que los agentes de asuntos internos deban tratar asuntos sensibles al realizar determinadas investigaciones por lo que considera “justificada la eventual recogida de este tipo de datos personales en el curso de una investigación, cumpliendo con el principio de cualidad de los datos”.

La Guardia Urbana de Barcelona inició el proceso de creación del fichero en 2016 para dotar a la UDAI de un instrumento para recoger informaciones, aclarar denuncias, quejas ciudadanas y procedimientos sancionadores derivados de las malas praxis de los agentes.

La polémica surgió porque las unidades de asuntos internos de Mossos d’Esquadra y Policía Nacional no disponen de este tipo de archivos tan detallados. Ambos cuerpos investigan las infracciones de sus agentes y realizan los informes pertinentes sin que las fichas estén tan detalladas. Aun así, miembros del cuerpo municipal barcelonés aseguran que el hecho de que el nuevo archivo sea tan pormenorizado aporta mayores garantías al agente investigado sin dejar espacio a elucubraciones.

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El Ayuntamiento de Barcelona afirma que jamás se recopilarán de forma generalizada e indiscriminada datos de carácter personal sino que la voluntad es “reforzar las garantías y la seguridad jurídica del tratamiento de datos de carácter personal, estableciendo el procedimiento por el cual los afectados puedan ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición y reforzando las garantías de los miembros de la Guardia Urbana ante las responsabilidades derivadas del ejercicio de sus funciones”.

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