El Tribunal de Cuentas afirma que el tranvía de Parla se hizo sin “suficiente planificación y coordinación”

Los auditores públicos sostienen que no existen responsabilidades penales en la gestión de la infraestructura

El Tribunal de Cuentas, en un informe del 30 de junio, sostiene que en la gestión del tranvía de Parla, construido durante la alcaldía del socialista Tomás Gómez (1999-2008), no se ha producido “alcance”; es decir, no existen responsabilidades penales. Pero la auditoría pública señala que las obras (que costarán en los próximos 20 años a este Ayuntamiento en quiebra más de 250 millones) se hicieron con “una insuficiente planificación” y con “una insuficiente coordinación” entre el Consistorio y la Comunidad. 

Tomás Gómez, en 2007, posa para un reportaje de EL PAÍS Semanal.

Según la fiscalización, el plan general del municipio (aprobado en 1997) “no previó la red de transporte necesaria para el desarrollo del nuevo barrio [Parla Este] de 30.000 vecinos”, que años más tarde, con Gómez ya en el gobierno local, sería unido con el centro de la ciudad mediante el tranvía. La auditoría pública señala que existieron “deficiencias en la adjudicación del contrato de concesión de las obras”, así como “en la explotación del servicio”.

La contratación correspondía al Consorcio, si bien “el Ayuntamiento se reservó, exclusivamente, las competencias de aprobación del gas...

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Según la fiscalización, el plan general del municipio (aprobado en 1997) “no previó la red de transporte necesaria para el desarrollo del nuevo barrio [Parla Este] de 30.000 vecinos”, que años más tarde, con Gómez ya en el gobierno local, sería unido con el centro de la ciudad mediante el tranvía. La auditoría pública señala que existieron “deficiencias en la adjudicación del contrato de concesión de las obras”, así como “en la explotación del servicio”.

La contratación correspondía al Consorcio, si bien “el Ayuntamiento se reservó, exclusivamente, las competencias de aprobación del gasto, dado que la titularidad de las obras y el material móvil era suyo, y se comprometió al pago de la inversión con la excepción del déficit de explotación [diferencia entre lo que paga el pasajero y lo que cuesta el billete], que sería compartido al 50%” con la Comunidad.

La primera parte de las obras “fue aprobada unilateralmente por el Ayuntamiento, dado que el Consorcio entendió que no le correspondía intervenir en esta fase, a pesar de ser el órgano de contratación, por ser el Ayuntamiento el titular de las infraestructuras y del material móvil”. Ambas instituciones aprobaron después de forma conjunta la “autorización para la puesta en servicio” del tranvía.

El informe resalta también en que el “Consorcio estuvo puntualmente informado de las incidencias surgidas en la ejecución de las obras”. En estas “se ejecutaron diversas modificaciones del contrato no suficientemente justificadas, que supusieron aumentar en un 38,6% (36 millones)” los costes. La inversión pública pasó así de los 94 millones a 130. Si embargo, algunas de estas modificaciones “podrían haber sido imputadas al contratista por defectos en la elaboración del proyecto y otras podrían haberse licitado nuevamente por no traer causa directa del proyecto”.

Los cambios “no contaron con la aprobación explícita del Consorcio” y no respetaron los “trámites de procedimiento e, incluso, cuando las obras ya estaban en ejecución o incluso totalmente ejecutadas”. El Ayuntamiento “se limitó a aprobar el gasto de las modificaciones que debían ser aprobadas por el Consorcio sin la previa aprobación del expediente de modificación”, lo que podría suponer una infracción administrativa por incumplimiento de la Ley General Presupuestaria.

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