Condenada a 10 años de cárcel una madre por maltratar a su bebé

La progenitora y su pareja son sentenciados por romper huesos y quemar al niño

Una madre ha sido condenada a 10 años de cárcel por maltratar a su bebé, de cinco meses, por un juzgado de Paterna. La progenitora llevó al niño al médico en agosto de 2014 porque tenía fiebre. Al atenderlo, los facultativos descubrieron que había sufrido numerosas lesiones. Entre ellas, roturas de huesos y quemaduras en las plantas de los pies, que fueron presionadas "contra una superficie caliente o incandescente".

La sentencia dictada por el Juzgado de Lo Penal número 17 de Paterna c...

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Una madre ha sido condenada a 10 años de cárcel por maltratar a su bebé, de cinco meses, por un juzgado de Paterna. La progenitora llevó al niño al médico en agosto de 2014 porque tenía fiebre. Al atenderlo, los facultativos descubrieron que había sufrido numerosas lesiones. Entre ellas, roturas de huesos y quemaduras en las plantas de los pies, que fueron presionadas "contra una superficie caliente o incandescente".

La sentencia dictada por el Juzgado de Lo Penal número 17 de Paterna considera probado que el niño fue sometido "a golpes o zarandeos violentos de forma reiterada" por parte de su madre y de su entonces pareja sentimental, que es condenado a cuatro años de prisión.

El fallo también retira la patria potestad a la progenitora, a quien se le han aplicado las circunstancias agravantes de parentesco y alevosía.

La sentencia reprocha a los condenados que ninguno de ellos "llevó al menor al médico para que fuera curado de sus quemaduras de forma inmediata, sino que se limitaron a curárselas con Betadine y a vendarle los pies".

Una de las facultativas que atendió al bebé cuando fue llevado al médico por su madre declaró que, a pesar de que las curas en los pies resultaban dolorosas, "el niño no lloró", y que llegaron a la conclusión de que era porque el bebé, "se había acostumbrado".

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La investigación judicial no ha podido determinar la participación exacta de cada uno de los condenados. Pero la sentencia señala que los ambos "intervinieron, bien de forma activa, produciéndole mediante acción al menor las lesiones, conjuntamente o uno solo de ellos con conocimiento del otro, bien de forma omisiva, no impidiendo que el otro le causara al menor las lesiones, ni haciendo nada para evitarlo".

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