Libertad para el acusado de matar a un conductor en una riña de tráfico

Con la prisión provisional, el preso ya ha cumplido sobradamente la posible condena

La Audiencia de Girona ha puesto en libertad al vecino de Figueres que el 4 de agosto de 2010 mantuvo una discusión de tráfico con otro conductor y, tras asestarle un fuerte golpe en la cabeza que le dejó inconsciente en el suelo, le pasó por encima la cabeza con la camioneta y le mató. El jurado popular que le ha juzgado durante toda esta semana, le declaró ayer culpable de homicidio imprudente grave y de un delito de lesiones. En base al veredicto y a la espera de la sentencia, la magistrada Sonia Losada ha dejado al acusado libre, ya que ya habría cumplido la pena de prisión que se le podrí...

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La Audiencia de Girona ha puesto en libertad al vecino de Figueres que el 4 de agosto de 2010 mantuvo una discusión de tráfico con otro conductor y, tras asestarle un fuerte golpe en la cabeza que le dejó inconsciente en el suelo, le pasó por encima la cabeza con la camioneta y le mató. El jurado popular que le ha juzgado durante toda esta semana, le declaró ayer culpable de homicidio imprudente grave y de un delito de lesiones. En base al veredicto y a la espera de la sentencia, la magistrada Sonia Losada ha dejado al acusado libre, ya que ya habría cumplido la pena de prisión que se le podría imponer.

El fiscal solicitaba para Baltasar Sánchez Rey 20 años de cárcel por un delito de asesinato. La defensa por su parte, lo calificó de homicidio impudente grave y delito de lesiones. En su veredicto el jurado ha dado por buena la tesis de la defensa y, basándose en varios de los testigos que han declarado en la vista oral, han considerado por unanimidad que no ha quedado probado que el acusado tras golpear en la cabeza a la víctima, mirara donde caía el cuerpo y le pasara por encima con la camioneta “intencionadamente o pensado que con su acción podría causarle la muerte”.

Ante el veredicto del jurado popular, el fiscal ha solicitado la pena máximo por ambos delitos, una pena de 7 años de cárcel y la defensa la mínima, un año y medio. Teniendo en cuenta que el acusado ya ha pasado prácticamente tres años y medio en la cárcel, y que ya habría cumplido la pena que se le podría imponer, la defensa solicitó la puesta inmediata en libertad a la espera de la sentencia y la magistrada se la concedió.

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