Más argumentos a favor del Cabanyal

EU exhibe un fallo del Tribunal Constitucional contra el relajo de la protección patrimonial autonómica

Valencia -
El abogado José Luis Ramos y el concejal de EU Amadeu Sanchis. TANIA CASTRO

El Tribunal Constitucional anuló ocho de 10 artículos de la ley de Patrimonio Histórico de Madrid, aprobada en junio de 2013, porque las excepciones que el Gobierno regional incluyó en la norma —para actuar con más libertad en las manzanas históricas de la capital— , invadían las competencias estatales. El portavoz municipal de EU, Amadeu Sanchis, y el abogado José Luis Ramos presentaron el fallo como un argumento jurídico más a favor de la protección del Cabanyal.

Según Ramos, la Generalitat introdujo cambios en la ley autonómica de Patrimonio en 2004 para poder actuar sobre el conjunt...

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El Tribunal Constitucional anuló ocho de 10 artículos de la ley de Patrimonio Histórico de Madrid, aprobada en junio de 2013, porque las excepciones que el Gobierno regional incluyó en la norma —para actuar con más libertad en las manzanas históricas de la capital— , invadían las competencias estatales. El portavoz municipal de EU, Amadeu Sanchis, y el abogado José Luis Ramos presentaron el fallo como un argumento jurídico más a favor de la protección del Cabanyal.

Según Ramos, la Generalitat introdujo cambios en la ley autonómica de Patrimonio en 2004 para poder actuar sobre el conjunto histórico del Cabanyal y sacar adelante su plan de ampliación de la avenida de Blasco Ibáñez. El abogado sostiene que gracias a esta coletilla se consiguieron muchas de la sentencias favorables al plan urbanístico promovido por Rita Barberá.

“El tribunal dice con este fallo que las normas autonómicas [de Patrimonio] que rebajan el nivel de protección mínimo establecido por la ley estatal no son constitucionales”, resumió el abogado, que comparó la reforma legal de la Comunidad de Madrid con la que hiciera la Generalitat en 2004 a propósito del barrio marinero.

El Constitucional anula, por ejemplo, la sustitución del término “excepcional” como objeto de protección [que recoge la ley estatal] frente a la de “relevante”, de más amplio contenido. También tumba la posibilidad de segregar parcelas de monumentos o jardines históricos, o desplazar inmuebles protegidos de su emplazamiento con la simple autorización de la Comunidad de Madrid.

La jurisprudencia que crea la sentencia “debe impedir la aprobación de la modificación del plan del Cabanyal en trámitación”, añade Ramos. El artículo 39 de la ley de Patrimonio de la Comunidad Valenciana justifica cualquier proyecto que quiera aprobar el Consell sin importarles las limitaciones conteidas en el artículo 21 de la ley estatal. “Está en manos de la Administración valenciana solucionar el problema antes de que los tribunales se vean en el deber legal de darles un nuevo varapalo jurídico”, concluyó el abogado.

El concejal de EU reiteró que argumentos así hacen imposible que la Generalitat emita un informe a favor del nuevo plan del Cabanyal, en exposición pública desde este miércoles. Sanchis anunció que el Grupo de EUPV en las Cortes Valencianas pedirán que la ley de Patrimonio valenciana se adapte a la estatal “para que la protección sea máxima y no se pueda apelar a ningún artículo de la ley para poder aceptar el plan especial de reforma del Cabanyal-Canyamelar”.

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