El TSJA anula el ERTE de UGT que afecta a 57 trabajadores

El alto tribunal ordena la reanudación de dichos contratos, así como el pago de esos salarios

El líder de UGT Andalucía, Francisco Fernández Sevilla. JULIÁN ROJAS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nula la suspensión de 57 contratos en UGT por causas económicas y ordena la reanudación de dichos contratos de trabajo, así como el pago de los salarios que han dejado de percibir esos trabajadores. La decisión de los jueces del alto tribunal supone un jarro de agua fría para la dirección andaluza del sindicato, que sufre informaciones periodísticas casi a diario ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nula la suspensión de 57 contratos en UGT por causas económicas y ordena la reanudación de dichos contratos de trabajo, así como el pago de los salarios que han dejado de percibir esos trabajadores. La decisión de los jueces del alto tribunal supone un jarro de agua fría para la dirección andaluza del sindicato, que sufre informaciones periodísticas casi a diario sobre supuestas irregularidades que cuestionan la gestión anterior de UGT, a la que la Junta ha reclamado 25.000 euros en ayudas gastadas de manera inconveniente.

Los trabajadores beneficiados por el fallo de los jueces pertenecen a las delegaciones de todas las provincias andaluzas excepto Málaga, además de la sede central del sindicato, ubicada en Sevilla, informaron fuentes de la defensa de los empleados.

La sentencia de la Sala de lo Social de Sevilla del TSJA se deriva del conflicto colectivo presentado por la representación legal de los trabajadores de UGT tras la interposición de un ERTE por parte del sindicato en noviembre de 2012, que contemplaba la reducción de entre un 20 y un 70% de la jornada anual durante dos años para 57 trabajadores, informa Efe. En paralelo, UGT presentó un ERE por el que despidió a 159 trabajadores, y en esta ocasión los jueces de la Sala de lo Social del TSJA en Málaga le dieron la razón y consideraron el expediente ajustado a derecho. Los trabajadores han recurrido dicho ERE ante el Tribunal Supremo en casación.

La Sala argumenta que UGT no facilitó la documentación precisa a la sección sindical y a la autoridad laboral para “poder apreciar la concurrencia de causa económica coyuntural aducida”, lo que contraviene la “buena fe en la negociación”. Además, alega la sentencia que UGT “tiene más que cualquier otra empleadora, por su finalidad de protección de los derechos de los trabajadores, un plus de exigencia en el cumplimiento de la legalidad y responsabilidad frente a los trabajadores”.

UGT basó el ERTE en problemas económicos de naturaleza estructural hasta que se “resolvieran las incertidumbres” sobre si la Junta abonaría parte de la deuda de 50 millones contraída con el sindicato. Para 2012 UGT en Andalucía preveía unas pérdidas de casi cuatro millones, y justificó el ajuste de plantilla en que, de lo contrario, no podría continuar desarrollando su actividad sindical.

La sentencia, que el sindicato puede recurrir ante el Tribunal Supremo, alude a la existencia de “arbitrariedad y discrecionalidad” del sindicato en la implantación del ERTE.

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