Orihuela pagará 157.00 euros por la muerte de un bañista en una cala

El juez condena al Ayuntamiento porque no había vigilancia ni ondeaba la bandera roja

Alicante -

El ayuntamiento de Orihuela ha sido condenado al pago de 157.333 euros por su responsabilidad patrimonial a raíz del fallecimiento de un bañista en la cala Capitán, sin que hubiera socorrista ni ondeara la preceptiva bandera roja. La sentencia considera que hubo un funcionamiento "deficiente de la administración" ya que el servicio de vigilancia estaba anunciado que empezaba a las diez de la mañana y no empezó hasta las once.

La portavoz del equipo de gobi...

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El ayuntamiento de Orihuela ha sido condenado al pago de 157.333 euros por su responsabilidad patrimonial a raíz del fallecimiento de un bañista en la cala Capitán, sin que hubiera socorrista ni ondeara la preceptiva bandera roja. La sentencia considera que hubo un funcionamiento "deficiente de la administración" ya que el servicio de vigilancia estaba anunciado que empezaba a las diez de la mañana y no empezó hasta las once.

La portavoz del equipo de gobierno municipal de Orihuela, Antonia Moreno, ha informado esta martes del contenido de esta sentencia del juzgado de lo contencioso número 1 de Elche por el suceso ocurrido el 13 de julio de 2007 sobre las 10.30 horas de ese día.

El fallo recoge que el consistorio adujo que había un convenio de colaboración preventivo de  vigilancia y socorrismo en las playas de Orihuela de 2007 que estipulaba que la hora de servicio de los equipos de Cruz Roja tenía comienzo a las 11 horas, aunque "lo cierto es que no ha aportado dicho convenio a la causa".

Por ello, el juzgado señala que dicha alegación "no se toma en consideración por no haber sido acreditada y porque se contradice con las fotografías incorporadas al expediente administrativo, en donde aparece la caseta de la citada cala Capitán con carteles que señalan como horario de vigilancia desde las 10 horas hasta las 20 de manera ininterrumpida".

Sin rastro del convenio

Según Moreno, "no se ha localizado el convenio de ese verano con la Cruz Roja en ningún departamento". La sentencia refleja el "funcionamiento deficiente del servicio de socorrismo proporcionado" habida cuenta "que el día de autos no había sido izada la bandera roja, signo exterior indicativo de la peligrosidad del baño, ni tampoco servicio de socorrismo a la hora en que sucedieron los hechos, sobre las 10.30 horas, no habiendo sido acreditado por la demandada que dicho servicio comenzara a partir de las 11 horas".

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El ayuntamiento está valorando si recurre la sentencia, aunque la portavoz ha opinado que, "de entrada, debería pagar la aseguradora. 

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