Condena a Ryanair por impedir viajar a una menor sin DNI en Valencia

La aerolínea irlandesa pagará 1.001,74 euros por no aceptar el libro de familia como documento La compañía aceptó el año pasado la normativa española para estos casos

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha condenado a la aerolínea Ryanair a indemnizar con 1.001,74 euros, más los intereses, a una familia que no pudo embarcar en un vuelo a Santiago de Compostela por no presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) de su hija de dos años.

El fallo ha sido difundido este viernes por la asociación de amas de casa Tyrius, que no indica la fecha en que se produjo la negativa de la aerolínea a embarcar a la menor. El año pasado, Ryanair tuvo que pagar a otras dos familias por impedir la...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha condenado a la aerolínea Ryanair a indemnizar con 1.001,74 euros, más los intereses, a una familia que no pudo embarcar en un vuelo a Santiago de Compostela por no presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) de su hija de dos años.

Más información

El fallo ha sido difundido este viernes por la asociación de amas de casa Tyrius, que no indica la fecha en que se produjo la negativa de la aerolínea a embarcar a la menor. El año pasado, Ryanair tuvo que pagar a otras dos familias por impedir la entrada en el avión a menores de edad, lo que hizo que la empresa aceptara finalmente la normativa española, que permite el libro de familia como documento de identificación válido en sus vuelos nacionales para los viajeros con menos de 14 años acompañados por sus familiares.

La sentencia conocida este viernes también condena a las costas procesales. Tyrius interpuso la demanda a través de sus servicios jurídicos en representación de la familia. Según ha informado en un comunicado, Ryanair no admitió el libro de familia que llevaban los padres para identificar a la menor y reclamó un DNI que no poseía, por lo que "de forma injustificada" la compañía denegó el embarque, con la consecuente pérdida de vuelo y los perjuicios que ello implicó.

La asociación ha recordado que el Plan Nacional de Seguridad Aérea dispone que en los vuelos nacionales los menores de 14 años, siempre que vayan acompañados de sus padres, no necesitan DNI y basta con el libro de familia.

La aerolínea irlandesa aceptó la normativa española tras dos condenas por no haber dejado embarcar a familias con menores de edad. En septiembre de 2012 tuvo que pagar una indemnización de 930,21 euros a una familia valenciana por denegar en agosto de 2011 el embarque de un niño de seis años, que iba a viajar con sus padres sin DNI.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Por el mismo motivo, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó Ryanair a pagar 1.469 euros a otra familia que tuvo este problema en un vuelo Barcelona-Fuerteventura.

Sobre la firma

Archivado En