Un jurado absuelve por alcoholismo a una mujer que asesinó a su progenitor

El fallo entiende que concurría la eximente de intoxicación por alcohol y psicofármacos

Una vecina de Villaviciosa de Odón, María Isabel H. H., de 63 años, no irá a la cárcel pese a que mató a su padre, de 92 años, de un disparo en la frente el 26 de mayo de 2011. Un jurado ha apreciado la eximente completa de alcoholismo cuando se produjeron los hechos en el domicilio familiar. La magistrada de la sección 2ª de la Audiencia Provincial de Madrid, Carmen Compaired, ha confirmado el fallo.

El asesinato se produjo a las 21.30 mientras el padre, Antonio H. P., estaba cenando en un sillón del salón. La mujer se acercó y le disparó una vez a corta distancia con un revólver marca...

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Una vecina de Villaviciosa de Odón, María Isabel H. H., de 63 años, no irá a la cárcel pese a que mató a su padre, de 92 años, de un disparo en la frente el 26 de mayo de 2011. Un jurado ha apreciado la eximente completa de alcoholismo cuando se produjeron los hechos en el domicilio familiar. La magistrada de la sección 2ª de la Audiencia Provincial de Madrid, Carmen Compaired, ha confirmado el fallo.

El asesinato se produjo a las 21.30 mientras el padre, Antonio H. P., estaba cenando en un sillón del salón. La mujer se acercó y le disparó una vez a corta distancia con un revólver marca Trade del calibre 38. La muerte se produjo en el acto a consecuencia de las graves lesiones causadas por el proyectil.

El fallo mantiene que la mujer había tomado bebidas alcohólicas, dado que sufría alcoholismo crónico. Cuando le practicaron la prueba arrojó una tasa de 2,33 gramos de alcohol por litro de sangre. “De ello se deduce que presentaría una tasa de 2,74 y 2,95 gramos en el momento de los hechos y que había tomado benzodiacepinas, dado su trastorno mixto ansioso-depresivo”, recoge la sentencia de la Audiencia Provincial.

El jurado apreció que se trataba de un delito de asesinato, ya que medió la circunstancia de alevosía. En el mismo también concurría la eximente de intoxicación por alcohol y psicofármacos. Ambos le impedían “comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esta comprensión”, mantiene la sentencia. “Dado que los especialistas no han conseguido probar el estado de la acusada en el momento de la comisión de los hechos y teniendo en cuenta el principio in dubio pro reo [en caso de duda en favor del acusado], este jurado no puede pronunciarse a favor de la culpabilidad de la acusada”, añade.

La acusada ha quedado bajo la custodia familiar por un periodo de tres años para ver su evolución, ya que está recuperada de su alcoholismo.

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