La Audiencia confirma la ilegalidad de las cuentas de la patronal Coepa de 2006

Hace dos días que la organización reformuló sus cuentas de los años 2006 a 2010

Alicante -

La Audiencia de Alicante ha desestimado un recurso de apelación presentado por la patronal alicantina (Coepa) contra una sentencia que declaraba nulas las cuentas de 2006 al considerar que no ofrecían “la imagen fiel de su patrimonio”. El fallo se produjo tras una denuncia de la federación del metal (Fempa) en la que mantenía que Coepa contabilizaba una subvención de la Generalitat de 258.434 euros como ingreso corriente, cuando “debería haberlo incorporado al balance”.

La Audiencia confirma la resolución de noviembre de 2011, en la que el juzgado de Primera Instancia número 7 de Alican...

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La Audiencia de Alicante ha desestimado un recurso de apelación presentado por la patronal alicantina (Coepa) contra una sentencia que declaraba nulas las cuentas de 2006 al considerar que no ofrecían “la imagen fiel de su patrimonio”. El fallo se produjo tras una denuncia de la federación del metal (Fempa) en la que mantenía que Coepa contabilizaba una subvención de la Generalitat de 258.434 euros como ingreso corriente, cuando “debería haberlo incorporado al balance”.

La Audiencia confirma la resolución de noviembre de 2011, en la que el juzgado de Primera Instancia número 7 de Alicante declaraba también nulo el acuerdo de la asamblea general de Coepa de 25 de julio de 2007 en la que fueron aprobadas las cuentas del año precedente. El pronunciamiento se conoce dos días después de que la patronal alicantina reformulara en asamblea extraordinaria sus cuentas de 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 para cumplir la sentencia.

En los fundamentos de derecho se asegura, a partir de un informe pericial, que contabilizar la subvención de 258.434,17 euros como ingreso corriente del ejercicio minimizaba las pérdidas de dicho ejercicio. También se indica que el importe de la subvención debería haber contabilizado “como ingresos a distribuir en varios ejercicios y de forma paralela y coincidente con el gasto de amortización que con dichos ingresos se realizara cada año”. En otro apartado de los fundamentos de derecho también se indica que en el proceso hubo “una actuación irregular en la gestión de la demandada que afecta claramente a los derechos de información y de impugnación de los acuerdos sociales”.

“Esta sentencia muestra de nuevo que el presidente de Coepa, Moisés Jiménez, mintió en la última junta directiva, celebrada el pasado 25 de mayo, cuando afirmó que había desistido del recurso, igual que mintió en la pasada la asamblea, al explicar que la Confederación no llevaba cuentas, y el dictamen de la Audiencia Provincial, muestra todo lo contrario”, aseguró tras conocerse la decisión de la Audiencia el presidente del metal, Guillermo Moreno. Coepa declinó hacer declaraciones ya que, recordó, ha desistido de seguir este proceso.

 

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