TRIBUNALES

Sanidad, condenada al pago de 120.000 euros por una rotura de cadera

La paciente, de 49 años, sufrió cinco intervenciones con anestesia general tras un accidente

La sección 9ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Regional de Salud (Sermas) a indemnizar con 120.000 euros a una paciente de 49 años por los daños y perjuicios ocasionados por haber recibido una mala atención sanitaria y quirúrgica en el hospital Severo Ochoa de Leganés, según ha informado esta mañana la asociación El Defensor del Paciente. La enferma tuvo que ser intervenida en cinco ocasiones, todas ellas con anestesia general, tras romperse la cadera en un accidente doméstico.

La paciente sufrió el accidente el 2 de julio de 1997, pero no fue interve...

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La sección 9ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Regional de Salud (Sermas) a indemnizar con 120.000 euros a una paciente de 49 años por los daños y perjuicios ocasionados por haber recibido una mala atención sanitaria y quirúrgica en el hospital Severo Ochoa de Leganés, según ha informado esta mañana la asociación El Defensor del Paciente. La enferma tuvo que ser intervenida en cinco ocasiones, todas ellas con anestesia general, tras romperse la cadera en un accidente doméstico.

La paciente sufrió el accidente el 2 de julio de 1997, pero no fue intervenida hasta una semana después. La prótesis elegida no fue la adecuada: se le implantó una total, cuando debería haber sido parcial. Durante la operación, se le fracturó el trocánter (prominencia en la extremidad del hueso), lo que no fue detectado en el momento. Como consecuencia de estos dos errores, se sometió a una segunda intervención el 3 de noviembre de 1998, en la que se produjo otro error, que consistió en que no se atornilló la prótesis, según El Defensor del Paciente.

La tercera intervención se produjo el 8 de febrero de 1999 y en esta ocasión el postoperatorio no fue suficientemente controlado: no se realizaron cultivos para descartar que el motivo del aflojamiento óseo estuviera motivado por una intervención. De nuevo se requirió una cuarta operación. Esta se produjo el 22 de junio de ese mismo año. Tampoco se trató, según la asociación, correctamente la infección producida. La última intervención fue el 7 de diciembre de 2000.

En febrero de 2007 la paciente tuvo que entrar de nuevo al quirófano al sobrecargar al andar el pie derecho por el acortamiento del izquierdo. Los jueces entienden que el tratamiento recibido por la paciente no se ajusta a la lex artis (forma adecuada), lo que le causó unos daños imputables al sistema sanitario público. Para demostrarlo ha sido fundamental el peritaje de la paciente.

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