La Junta Electoral impide a Vox vetar el acceso de periodistas a sus actos

Estimados los recursos planteados por EL PAÍS y la SER para asegurar una "información libre y veraz"

Madrid -
El líder de Vox, Santiago Abascal, este miércoles durante un mitin celebrado en Dos Hermanas, Sevilla.PACO PUENTES

La Junta Electoral Central (JEC) estableció este viernes que el partido de ultraderecha Vox “no puede discriminar” ni vetar ni impedir el acceso de los periodistas de EL PAÍS y la SER a los actos de naturaleza electoral que haga ese partido. La Junta estima así en una larga reunión sendos recursos planteados por este diario y por la Cadena SER para garantizar el derecho fijado en la Constitución “a comunicar y recibir libremente información veraz”.

El órgano vigilante de los procesos electorales comunicó ayer a Vox que “no puede discriminar al medio solicitante”, en este caso el Grupo P...

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La Junta Electoral Central (JEC) estableció este viernes que el partido de ultraderecha Vox “no puede discriminar” ni vetar ni impedir el acceso de los periodistas de EL PAÍS y la SER a los actos de naturaleza electoral que haga ese partido. La Junta estima así en una larga reunión sendos recursos planteados por este diario y por la Cadena SER para garantizar el derecho fijado en la Constitución “a comunicar y recibir libremente información veraz”.

El órgano vigilante de los procesos electorales comunicó ayer a Vox que “no puede discriminar al medio solicitante”, en este caso el Grupo Prisa, ni impedirle “el acceso a sus actos públicos de naturaleza electoral”. Eso comportaría una vulneración del artículo 66.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, “interpretado de conformidad con el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”, según lo recogido también en el artículo 20.1 de la Constitución española.

La JEC destaca, en su resolución firmada por el presidente Jesús Fonseca-Herrero, que Vox no formuló ningún tipo de alegación a la reclamación presentada por Prisa “a pesar de haberle sido trasladada la misma apertura de un plazo a tal efecto, y tampoco ha manifestado la existencia de algún tipo de justificación sobre los motivos de su decisión”. Sin embargo, Vox anunció anoche que recurrirá esa resolución alegando que la pluralidad informativa ya está garantizada en todos sus mítines y asegurando que no dispone de espacio suficiente en su sede para acoger a más periodistas en la noche electoral.

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Vox comunicó esta semana al Grupo PRISA, editor del diario EL PAÍS, que no concedería acreditaciones para ningún periodista vinculado a esa empresa “para el acceso a su sede ni para cualquier otro acto que este partido político organice en espacios privados”. Fuentes de la formación vincularon este veto al editorial publicado este miércoles por EL PAÍS, bajo el título Deber de réplica, en el que advertía de que los argumentos expuestos por Santiago Abascal en el debate televisivo del pasado lunes entre los cinco candidatos a La Moncloa, muchos de ellos de carácter xenófobo e intolerante, “exigen activar todas las alarmas”.

No es la primera vez que Vox impide su trabajo a periodistas del Grupo PRISA y EL PAÍS, pero sí de una manera tan generalizada. Tanto la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) como la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE) advirtieron contra esa práctica, que afecta también a periodistas de otros medios de comunicación, y vulnera el derecho a la libertad de información consagrado por la Constitución.

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El Grupo Prisa, en su reclamación a la JEC, alude precisamente al derecho a comunicar y recibir libremente información con relación al artículo 20 de la Constitución como “uno de lo pilares de la democracia” y “como garantía para la formación de una opinión pública libre”. El acuerdo de la Junta Electoral reconoce, citando varias sentencias respecto del Tribunal Constitucional, que los sujetos de ese derecho “medular” son “no sólo los titulares del órgano o medio difusor de la información o los profesionales del periodismo o quienes, aún sin serlo, comunican una información a través de tales medios, sino, primordialmente, la colectividad y cada uno de sus miembros”.

La JEC apunta asimismo que tanto el artículo 6 de la Constitución como la Ley Orgánica de Partidos Políticos obligan a todas las formaciones a “ajustar su actividad a lo dispuesto” en esas normas. Por ello, “están directamente obligados a respetar los derechos fundamentales”, según la resolución.

Los miembros de la Junta Electoral aluden a lo marcado en el artículo 66.2 de la Loreg, sobre las obligaciones de los medios de respetar los principios de pluralidad, proporcionalidad, neutralidad e igualdad en la información en los periodos electorales, para remarcar que difícilmente se podrían conseguir esos fines “si las formaciones políticas contendientes en las elecciones pudiesen discriminar entre unos medios y otros a la hora de acceder a sus actos públicos de campaña”.

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