Condenada una pareja por practicar sexo mientras circulaba por la AP-6
Un juez de Segovia impone a los acusados una pena de seis meses de cárcel
Un juez de Segovia ha condenado a una pareja que circulaba el 18 de septiembre de 2018 por la autopista AP-6 mientras practicaba sexo. Tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía, los dos acusados han admitido los hechos y han aceptado una pena de seis meses de cárcel, aunque no entrarán en prisión al suspenderse su aplicación. A ambos se les declara culpables de un delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción temeraria: "Por su participación material conjunta, voluntaria y directa", subraya el titu...
Un juez de Segovia ha condenado a una pareja que circulaba el 18 de septiembre de 2018 por la autopista AP-6 mientras practicaba sexo. Tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía, los dos acusados han admitido los hechos y han aceptado una pena de seis meses de cárcel, aunque no entrarán en prisión al suspenderse su aplicación. A ambos se les declara culpables de un delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción temeraria: "Por su participación material conjunta, voluntaria y directa", subraya el titular del juzgado en su sentencia, fechada el pasado 3 de octubre, donde también se les prohíbe conducir durante dos años y un día.
Esta decisión llega después de que la Guardia Civil abriese una investigación el pasado año tras detectar un vídeo en las redes sociales donde se podía observar cómo el automovilista de un Dacia Sandero y su acompañante mantenían relaciones íntimas mientras circulaban. Según considera probado el juez, el acusado conducía el vehículo de su padre cuando su pareja, "en un determinado momento", se le sentó encima, "abrazándole, con las piernas abiertas, colocándose ambos sobre el asiento del conductor, al tiempo que la acusada realizaba movimientos sexuales".
Mientras tanto, prosigue la sentencia, los dos condenados "circulaban por el carril izquierdo de la autopista, adelantando a varios vehículos, pese a que el conductor no prestaba atención alguna a la conducción al estar realizando actividades con su pareja incompatibles con aquella (la tarea de manejar un vehículo), lo que hacía que su conducción fuera zigzagueante". "El vehículo se movía de un lado a otro de su carril, con riesgo para ellos mismos y para los demás usuarios de la vía", apostilla el juez, que detalla que otro vehículo tuvo que hacer una maniobra brusca para "evitar ser arrollado por el Dacia Sandero", que había invadido su carril.