El Supremo archiva un caso por regalos a políticos: ¿qué valor deben tener para ser aceptables?

La ley pone el límite en los "usos habituales, sociales y de cortesía" sin cuantificarlos y algunas Administraciones Públicas han ido más allá con valores máximos de 50, 30 y hasta 15 euros

Ocho de las 204 botellas de vino que el presidente de La Rioja envió a los entonces duques de Lugo por el nacimiento de su primer hijo en 1998.EFE

El Tribunal Supremo no considera constitutivo de delito de cohecho ilícito que el exministro socialista y eurodiputado José Blanco, el portavoz del PP en el Senado Xosé Manuel Barreiro y su compañero Juan Antonio de las Heras recibiesen botellas de vino de hasta 880 euros del presidente del Grupo Monbús, Raúl López, investigado judicialmente por corrupción en la conocida como Operación Cóndor. ...

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El Tribunal Supremo no considera constitutivo de delito de cohecho ilícito que el exministro socialista y eurodiputado José Blanco, el portavoz del PP en el Senado Xosé Manuel Barreiro y su compañero Juan Antonio de las Heras recibiesen botellas de vino de hasta 880 euros del presidente del Grupo Monbús, Raúl López, investigado judicialmente por corrupción en la conocida como Operación Cóndor. El alto tribunal archivó el caso este lunes al considerar que "la naturaleza de los regalos entregados no puede considerarse excesiva". En su sentencia afirma que los presentes, una expresión de "mera cortesía", no comprometieron la imparcialidad de los aforados en el ejercicio de las funciones públicas y añade que "se encuentra dentro del marco de la adecuación social de los regalos navideños".

¿Dónde está el límite entre lo aceptable y lo que sobrepasa lo cortés? El Código Penal prevé castigar a funcionarios o autoridades que reciban cualquier "dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función", con penas de hasta un año de cárcel y suspensión de empleo y cargo de entre uno y tres años. Pero la salvedad suele estar en la cuestión de los usos sociales y las costumbres.

En la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público se recoge que "se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal". La jueza Pilar de Lara, que llevó la instrucción del caso Cóndor, puso el límite para las dádivas en 400 euros. Los magistrados del Supremo rechazan la pretensión de la juez que envió la exposición razonada de que este tribunal fijase una cuantía para establecer la diferencia entre el ilícito penal y el reproche ético en estos casos.

La Ley de transparencia y buen gobierno hace también referencia a la cortesía, sin establecer límites. "No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones", dice la norma. Los obsequios de "mayor relevancia institucional", añade, se incorporarán al patrimonio de la Administración Pública.

Ante este vacío, que deja en el ámbito de lo subjetivo qué es aceptable socialmente y qué no, algunas administraciones han desarrollado reglamentos que sí marcan un límite. La Comisión Europea, en su guía sobre “regalos e invitaciones” para los altos cargos en las instituciones europeas, fija varias franjas. Podrán aceptar las dádivas de menos de 50 euros. Para los que tengan cuesten entre 50 y 150 euros deberán pedir permiso y los que superen ese valor están prohibidos.

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En Galicia, el Código Ético Institucional de la Xunta establece como límite los 90 euros. Todo lo que esté por debajo de ese precio podrá enmarcarse en "los usos habituales y costumbres sociales de cortesía". En caso de duda sobre el importe, se deberá elevar consulta al órgano competente y si el regalo lo envía repetidamente la persona -física o jurídica- perderá el carácter de cortesía.

Entre 15 y 50 euros en algunos Ayuntamientos

El Ayuntamiento de Madrid aprobó un acuerdo en noviembre de 2015 que prohíbe también recibir regalos "salvo las muestras de cortesía habitual o atención protocolaria". Se considerarán como tales los que no superen los 50 euros. Tampoco se aceptarán los que provengan de una misma persona o entidad y que sumen más de 150 euros en un año.

Elche tiene un sistema similar pero más estricto. No permiten los regalos de cortesía de más de 50 euros, incluso sin son pequeños regalos que durante el periodo de un año superen ese montante. Todo aquel que reciba un obsequio deberá comunicarlo al registro municipal, que está también disponible en su portal de transparencia. Otras ciudades como Valencia y Alcoy tienen bases de datos públicas parecidas.

El consistorio de Segovia es todavía más austero: pone el límite de lo aceptable en 30 euros y establece que los regalos perecederos con un valor superior a esa cantidad se donarán a organizaciones benéficas. En Paiporta (Valencia) el tope baja hasta los 15 euros.

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