El Supremo avala el legado de una anciana a la orden de su confesor

Los herederos de la fallecida deberán abonar un millón de euros más intereses

Los herederos de una anciana madrileña deberán abonar un millón de euros más intereses a la congregación religiosa de los Misioneros Oblatos de María Inmaculada, a la cual pertenecía su confesor. La decisión la ha tomado la Sala Civil del Tribunal Supremo tras el recurso presentado por uno de los sobrinos de la difunta ante una resolución de la Audiencia Provincial de Madrid en 2014.

El recurso pretendía que se declarase nula la disposición del testamento de la fallecida, escrito el 3 de noviembre de 2006, por la cual se donaba ...

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Los herederos de una anciana madrileña deberán abonar un millón de euros más intereses a la congregación religiosa de los Misioneros Oblatos de María Inmaculada, a la cual pertenecía su confesor. La decisión la ha tomado la Sala Civil del Tribunal Supremo tras el recurso presentado por uno de los sobrinos de la difunta ante una resolución de la Audiencia Provincial de Madrid en 2014.

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El recurso pretendía que se declarase nula la disposición del testamento de la fallecida, escrito el 3 de noviembre de 2006, por la cual se donaba un millón de euros a la organización religiosa de la que era miembro el confesor personal de la anciana. Este llevaba más de 40 años cumpliendo dicha función. El Tribunal Supremo ha desestimado tal petición y ratifica la sentencia que ya emitió el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid en 2012 y que fue respaldada por la Audiencia Provincial dos años después.

La señora falleció en 2008 a causa de los trastornos que derivaron de una operación de cadera, “agravados por la edad” según la sentencia y por un problema cardíaco que arrastraba desde hacía una década. Los herederos apelaban al artículo 752 del Código Civil para declarar nulo el apartado donde la anciana donaba tal cantidad a la orden de su confesor.

El artículo en cuestión establece que: "No producirán efecto las disposiciones testamentarias que haga el testador durante su última enfermedad en favor del sacerdote que en ella le hubiese confesado, de los parientes del mismo dentro del cuarto grado, o de su iglesia, cabildo, comunidad o instituto".

El Supremo considera que “la testadora era una persona de profundas convicciones religiosas que vivió muy unida a su parroquia”. Además, aclara que la difunta “falleció en pleno uso de sus facultades mentales y que el último testamento otorgado se realizó un año y medio antes de su fallecimiento”. La Sala Civil de dicho tribunal insiste en que el momento en que se escribió el testamento no se correspondía con la enfermedad grave que terminó con la vida de la anciana.

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La congregación de los Misioneros Oblatos de María Inmaculada recibirá por tanto un millón de euros más intereses y el pago de los costes judiciales de todo el proceso.

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