El juez del ‘caso Blesa’ condenado a 17 años de inhabilitación

La pena a Elpidio Silva, de 55 años, supone la práctica expulsión de la carrera judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a 17 años y medio de inhabilitación al juez Elpidio Silva por su actuación en la instrucción del caso Blesa, que llevó en dos ocasiones a la cárcel al expresidente de Caja Madrid. El tribunal considera que Silva, ahora en situación de excedencia, decidió mandar a prisión a Blesa por “motivaciones insólitas”. Según la sentencia, el magistrado actuó con “absoluta falta de c...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a 17 años y medio de inhabilitación al juez Elpidio Silva por su actuación en la instrucción del caso Blesa, que llevó en dos ocasiones a la cárcel al expresidente de Caja Madrid. El tribunal considera que Silva, ahora en situación de excedencia, decidió mandar a prisión a Blesa por “motivaciones insólitas”. Según la sentencia, el magistrado actuó con “absoluta falta de competencia” y adoptó resoluciones que son “un disparate jurídico”.

El juez Silva tiene 55 años, por lo que la condena, de hacerse firme, no le permitiría volver a ejercer como juez hasta los 72, lo que en la práctica supone la expulsión de la carrera judicial. El abogado de Silva ya ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo. La condena ha sido acordada por dos votos frente a uno por la Sala de lo Civil y Penal del TSJM. Arturo Beltrán, presidente del tribunal que juzgó a Silva y que ha actuado como ponente, ha emitido un voto discrepante en el que pide la absolución del juez. Los otros dos magistrados del tribunal consideran, sin embargo, que Silva ha cometido un delito de prevaricación continuada en concurso con dos delitos contra las garantías constitucionales por la indebida privación de libertad de Miguel Blesa y del expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán.

La decisión de enviar a prisión a Blesa estaba, según los magistrados, “radicalmente viciada” porque los indicios que esgrimió se obtienen “en virtud de dos prevaricaciones previas”: la reapertura de la investigación dos años después de haberla archivado y las diligencias acordadas el 7 de diciembre de 2012, en las que Silva ordenó la intervención de numerosos correos electrónicos, entre ellos los de Blesa y los de los inspectores del Banco de España encargados de la supervisión de Caja Madrid. Si el juez era consciente de esta situación, advierte el tribunal, “no podía ignorar que cualquier prisión provisional adoptada en esas circunstancias era, de raíz, contraria a derecho, arbitraria, sin excusa posible”.

El tribunal no escatima críticas contra el papel de Silva, al que acusa de actuar con un “plan preconcebido” para favorecer a los denunciantes (el sindicato Manos Limpias) en perjuicio del denunciado (Blesa). Los magistrados le reprochan al juez el “trato preferente” dado a Manos Limpias, con el que dice que formó “un tándem”, lo que produjo una “auténtica quiebra técnica de la imparcialidad”. “Le importaba poco la ley”, advierten los magistrados al referirse a la actuación de Silva. “No es que haya habido decisiones discutibles o meros errores, es que se ha dirigido toda una operación judicial de corte inquisitorial a fin de descubrir cualquier cosa que pudiera imputarse a los señores Blesa o Díaz Ferrán”, señala el tribunal.

“El acusado (el juez Silva) logró, finalmente, ver conseguido su objetivo de encarcelar al señor Blesa porque se aseguró de adoptar una decisión imposible, a saber, abonar de forma inmediata” una suma de dos millones y medio de euros. Blesa abonó la fianza un día después de entraren prisión y para "asegurarse de que eso no volviera a ocurrir", Silva adoptó un segundo ingreso en prisión, esta vez sin fianza, advierte el tribunal.

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