El juez Enrique López solicita su reingreso en la Audiencia Nacional

El magistrado dimitió en el Constitucional tras ser sorprendido ebrio a los mandos de su moto

Enrique López, en su toma de posesión en el Tribunal Constitucional.ULY MARTIN

El magistrado Enrique López ha solicitado ya al Consejo General del Poder Judicial su reingreso en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional después de que el pasado 2 de junio presentara su dimisión como magistrado del Tribunal Constitucional tras ser sorprendido el día anterior ebrio y sin casco a los mandos de una motocicleta. La causa de ...

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El magistrado Enrique López ha solicitado ya al Consejo General del Poder Judicial su reingreso en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional después de que el pasado 2 de junio presentara su dimisión como magistrado del Tribunal Constitucional tras ser sorprendido el día anterior ebrio y sin casco a los mandos de una motocicleta. La causa de reincorporación del magistrado a su antiguo puesto, en la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia, será examinada previsiblemente por el órgano de gobierno de los jueces la semana que viene.

Según fuentes jurídicas, en este momento, no cabe otra salida que la vuelta del magistrado conservador a su anterior destino, del que salió hace un año para convertirse, gracias al Gobierno del PP, en miembro del máximo órgano intérprete de la Constitución. El artículo 355 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los magistrados que cesan en la situación de servicios especiales deben solicitar su reincorporación en los diez días siguientes a perder tal condición. Ese paso administrativo es el que ha dado López.

Una vez que se instruya el sumario contra López por delito contra la seguridad vial –probablemente en el Supremo, tribunal que instruye y enjuicia las causas tanto de magistrados del Constitucional como de la Audiencia Nacional- se dictará previsiblemente auto de apertura de juicio oral. En este momento, según el artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el magistrado podría quedar suspendido de sus funciones, aunque este apartamiento no es forzoso.

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López está siendo investigado por un delito contra la seguridad vial del artículo 379 de Código Penal. Este precepto castiga con penas de tres a seis meses de prisión o multa o retirada del permiso de conducir a quienes conduzcan con tasas de alcohol superiores a 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Cuando López fue sorprendido por la policía tras saltarse un semáforo en rojo en el centro de Madrid en la madrugada del domingo 1 de junio, arrojó una tasa de alcoholemia de 1,12 miligramos por litro de aire.

La Ley Orgánica del Poder Judicial prevé la pérdida de la condición de magistrado en caso de ser condenado a prisión por delito doloso. En caso de que la pena sea de cárcel -en todo caso inferior a seis meses de cárcel- el Consejo General del Poder Judicial tendría la potestad de sustituir la retirada de la carrera judicial por una suspensión por un tiempo máximo de tres años, según la misma ley. Si esta suspensión sustitutiva de la expulsión de la carrera fuera por periodo superior a seis meses, implicaría la pérdida del destino de López. Si la pena fuera de multa, o de trabajos en beneficio de la comunidad, no cabría el apartamiento ni la suspensión y López permanecería en su puesto.

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