La Audiencia absuelve a Txeroki del atentado en un hotel de Denia

El tribunal considera, con un voto particular, que no hay pruebas para condenar al antiguo jefe de ETA y a Leire López Zurutuza por la bomba en el establecimiento

El exjefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu, TxerokiEFE

La Audiencia Nacional ha absuelto al exjefe de ETA Garikoitz Aspiazu, Txeroki, y a la también miembro de la banda Leire López Zurutuza del atentado con bomba contra el hotel Port Denia en enero de 2005 en el que resultaron heridas cinco personas que veraneaban en la localidad alicantina. La Sección Primer...

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La Audiencia Nacional ha absuelto al exjefe de ETA Garikoitz Aspiazu, Txeroki, y a la también miembro de la banda Leire López Zurutuza del atentado con bomba contra el hotel Port Denia en enero de 2005 en el que resultaron heridas cinco personas que veraneaban en la localidad alicantina. La Sección Primera de lo Penal, considera que la “falta de pruebas de su participación en los hechos lleva de modo directo a su absolución”. Los dos terroristas se enfrentaban a una petición del fiscal de 17 años de cárcel por los delitos de estragos terroristas –cifrados en 442.800 euros- y lesiones.

Por estos hechos fue ya condenado el miembro del comando Zapa de ETA José Ángel Lerín. El tribunal recuerda que en este juicio “toda la prueba ha girado en torno a las dos declaraciones policiales de Lerín, que carecen de valor”, según la jurisprudencia. Según los jueces “al margen de las declaraciones dichas no hay otros elementos incriminatorios contra los dos acusados”.

El tribunal ordena devolver a Txeroki a Francia, país que lo entregó temporalmente que fuera juzgado y en el que está cumpliendo condena.

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El fallo cuenta con un voto particular del magistrado Nicolás Poveda, que formula su “absoluta disconformidad” con dos hechos. El primero tiene que ver con la participación de los acusados en el atentado. Sostiene Poveda que “traer a la sentencia las manifestaciones de un testigo [Lerín], coimputado y condenado, repitiendo palabra por palabra el truculento relato de sus falsas torturas en sede judicial carece de razón alguna”. También considera que el testimonio de Lerín en comisaría, ponderada junto al resto de pruebas practicadas en el juicio, “sí puede ser considerada como instrumento en el que se aportan datos que deben ser investigados” y estos datos, una vez corroborados, “serían la prueba de cargo”.

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