Consejo secuestrado
La reforma propuesta puede ser inconstitucional, pero carecen de legitimidad quienes bloquean la renovación del CGPJ
De las instituciones creadas por la Constitución, la que ha tenido un peor desarrollo ha sido, sin duda, el CGPJ. Podría decirse que, salvo alguna honrosa excepción, cada Consejo elegido ha hecho bueno al anterior por la creciente colonización que en la elección de sus vocales han tenido los partidos mayoritarios: PSOE y PP. Así ha sido, hasta llegar a la actual crisis, por la situación de bloqueo ejercido por el PP, que se niega a renovar el Consejo que agotó su mandato en diciembre de 2018, bloqueo que se proclama, obscenamente, como indefinido hasta que el Gobierno de coalición no se pliegu...
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De las instituciones creadas por la Constitución, la que ha tenido un peor desarrollo ha sido, sin duda, el CGPJ. Podría decirse que, salvo alguna honrosa excepción, cada Consejo elegido ha hecho bueno al anterior por la creciente colonización que en la elección de sus vocales han tenido los partidos mayoritarios: PSOE y PP. Así ha sido, hasta llegar a la actual crisis, por la situación de bloqueo ejercido por el PP, que se niega a renovar el Consejo que agotó su mandato en diciembre de 2018, bloqueo que se proclama, obscenamente, como indefinido hasta que el Gobierno de coalición no se pliegue a unas exigencias tan inasumibles como ilegítimas. Con la finalidad de superar esta situación, los grupos parlamentarios que sostienen al Gobierno han presentado una proposición de ley para reformar la LOPJ con la finalidad de modificar el quórum para la elección de los 12 vocales de procedencia judicial, hasta ahora elegidos al igual que los ocho vocales juristas, por los 3/5 de las Cámaras. Hay que remontarse a la sentencia 108/1986 por la que el Tribunal Constitucional avaló la elección parlamentaria de los 12 vocales judiciales, que en el primer Consejo de 1980 fueron elegidos por los propios jueces. La reforma fue a instancia del Gobierno socialista y el Tribunal avaló tal modificación estimando que el quórum de 3/5 de las Cámaras garantizaba la necesaria separación de poderes.
La proposición de ley presentada rompe con las cautelas que justificaron la decisión del Tribunal y creo que difícilmente superaría las objeciones constitucionales que ya se denuncian, pero desde un mínimo rigor intelectual es preciso analizar tal proposición junto con su necesario antecedente, que no es otro que el bloqueo proclamado por el PP, y su mantenimiento, que ya va para dos años, de un Consejo caducado con mayoría de vocales elegidos a propuesta de ese partido. Se está ante una propuesta de reforma provocada por ese bloqueo, que viola claramente el deber que la Constitución impone a las Cámaras para que renueven el Consejo una vez agotado su mandato de cinco años. Careciendo de legitimidad las censuras de quienes, patentemente, vulneran sus deberes constitucionales.
La elección parlamentaria de todos los vocales del Consejo se ha venido degradando con el tiempo, hasta convertirse en un desnudo reparto de cuotas de los vocales en proporción al peso en las Cámaras de los dos partidos mayoritarios y, unido al reparto de cuotas, un pacto de no agresión o de no veto, por el cual no se objetaban los nombramientos propuestos por el contrario. El precipitado de esta situación, de este mercadeo, lo encontramos en el obsceno whatsapp del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, el 18 de noviembre de 2018, que no es preciso recordar.
Este sistema de cuotas, alejado de toda noción de mérito y capacidad, acredita que nunca ha existido una verdadera elección parlamentaria digna de tal nombre y ha dado lugar a lo que bien se puede calificar como un Consejo de padrinos y apadrinados que, entre otros males, ha llevado a un divorcio de la mayoría de la carrera judicial respecto a su órgano de gobierno. Las cuatro asociaciones judiciales se han pronunciado de manera inequívoca por la vuelta al sistema originario de elección entre los jueces de los 12 vocales judiciales, siempre que el sistema electoral garantice la pluralidad existente dentro de la carrera judicial.
La elección parlamentaria de todos los vocales exige que la misma descanse en un examen riguroso y con total transparencia de los candidatos por una comisión parlamentaria, y que los vocales así nombrados elijan libremente y sin vasallaje alguno al presidente del Consejo y del Tribunal Supremo. ¿Están dispuestos PSOE y PP a esta elección parlamentaria? ¿Tendrá la proposición de ley la capacidad de hacer reflexionar al PP de las consecuencias que pueden derivarse de continuar el bloqueo? De prosperar la reforma instada, es claro que ello permitiría renovar solo los 12 vocales de procedencia judicial, manteniéndose el bloqueo de los 8 vocales juristas.¿Son conscientes los responsables de ambos partidos de las consecuencias que se derivarían de la más que probable declaración de inconstitucionalidad de la reforma y de la situación en que quedarían los acuerdos y nombramientos hechos por un Consejo así renovado? ¿Dónde quedaría la dignidad institucional del Consejo y la dignidad profesional de los vocales así nombrados? ¿Dónde quedaría la imagen de España ante la UE, teniendo en cuenta que ya el GRECO en su informe de noviembre de 2019 consideró que el sistema electivo de los vocales del Consejo es el talón de Aquiles de la judicatura española por su politización?
Sobran los discursos apocalípticos que prostituyen el lenguaje e impiden el diálogo. Falta patriotismo constitucional, el único necesario en el Estado de derecho, y por ese patriotismo constitucional el PP debería cesar de inmediato en el bloqueo y el PSOE abandonar la reforma anunciada, procediendo a la renovación del Consejo.
Joaquín Giménez García es magistrado emérito del Tribunal Supremo.