La justicia revoca la prisión permanente revisable del condenado por el crimen de bandas del rapero Isaac
El Tribunal Superior no considera probada la incapacidad de defenderse de la víctima, apuñalada en un túnel, lo que rebaja su pena a la de homicidio agravado y se le imponen 20 años de cárcel
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado parcialmente el recurso presentado por David Bárcena, el único mayor de edad condenado por el crimen del rapero Isaac López en un túnel de Madrid en julio de 2021 y revoca su pena de prisión permanente revisable. Bárcena, considerado miembro de la banda Dominican Don’t Play, se había convertido ...
Regístrate gratis para seguir leyendo
Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado parcialmente el recurso presentado por David Bárcena, el único mayor de edad condenado por el crimen del rapero Isaac López en un túnel de Madrid en julio de 2021 y revoca su pena de prisión permanente revisable. Bárcena, considerado miembro de la banda Dominican Don’t Play, se había convertido en el acusado más joven en recibir el máximo castigo del código penal español, con 20 años. El tribunal no ha considerado suficientemente probada la alevosía, es decir, que la víctima no tuvo capacidad para defenderse. Esto transforma el delito de asesinato a homicidio agravado y se impone al acusado una pena de 20 años de prisión. El abogado de la familia de Isaac, Juan Manuel Medina, ha anunciado que recurrirá la decisión al Supremo.
Según el fallo, no ha quedado acreditada la incapacidad de defensión de la víctima. En el veredicto, el jurado popular sí consideró probado que Isaac había sido apuñalado por la espalda cuando estaba en el suelo después de haber tropezado y haberse caído. La nueva resolución ha tenido en cuenta algunas heridas halladas en el cadáver de Isaac, que podrían ser compatibles con signos de defensa, la declaración de algunos testigos que aseguraron ver a la víctima de pie y el reguero de sangre que analizaron los agentes de policía en la escena que podría indicar que Isaac pudo caminar unos metros estando herido.
El tribunal del TSJM sostiene que no se puede mantener que no pudo defenderse porque era “una persona atlética, con formación en artes marciales que llevaba un arma blanca”. El fallo también hace referencia al informe forense en el que se indica que en las heridas de aprecia “deslizamiento”, lo que indicaría que cuando se produjeron había movimiento de la víctima, lo que supone, a juicio del tribunal, otro motivo para considerar que Isaac no estaba tumbado en el suelo.
El crimen se produjo en julio de 2021 cuando Isaac López, un vecino de Arganzuela de 18 años conocido por sus canciones de rap, acababa de salir de casa. En ese corto trayecto se topó con los cuatro condenados por este homicidio cuando iban montados en tres patinetes. Comenzó una persecución que condujo hasta el túnel de Pacífico, a poca distancia de Atocha. Fue en el interior donde se produjo el apuñalamiento. De los cuatro acusados, solo Bárcena era mayor de edad. Había cumplido los 18 dos meses antes y fue él mismo el que confesó haber asestado las cuchilladas, una vez ya en dependencias policiales.
Todos fueron detenidos cuatro meses después del crimen, tras una ardua investigación en la que el alquiler de los patinetes y las grabaciones de las cámaras de seguridad constituyeron una prueba incriminatoria clave. Los otros tres implicados fueron juzgados en un procedimiento aparte y condenados a entre tres y seis años en centros de reclusión en régimen cerrado. Los cuatro fueron considerados miembros probados de los Dominican Don’t Play en sus respectivas sentencias. El móvil del crimen fue, según la investigación policial, desavenencias dentro del mundo de las bandas juveniles que llevaron a este desenlace fatal.
Esta nueva sentencia supone que, si se cumplen condiciones penitenciarias como buen comportamiento o resarcimiento del daño, Bárcena podría empezar a disfrutar de permisos una vez cumplida la mitad de su pena, a partir de 2031, un privilegio que la prisión permanente revisable no contempla. La resolución sí que considera acreditada la pertenencia del acusado a los Dominican Don’t Play y por eso califica el homicidio de agravado por formar parte de una organización criminal.
Suscríbete aquí a nuestra newsletter diaria sobre Madrid.