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La jueza de la dana califica de “ficción” o “autoficción” diversas afirmaciones de Mazón en tres entrevistas recientes

La magistrada reclama el sonido de las imágenes desveladas por RTVE en las que se escuchó al presidente de la Generalitat hablar de la alerta hidrológica antes de su larga comida

La jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, rechaza incorporar al procedimiento las recientes entrevistas concedidas por el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, del PP, a diversos medios de comunicación, como pretendía la acusación popular que ejerce Intersindical, al entender que no pueden sustituir una declaración judicial. Sin embargo, en uno de sus cuatro autos que se han dado a conocer este lunes, la magistrada se refiere a las manifestaciones vertidas y las califica de “ficción o autoficción”, sin aludir directamente a quien las formula. En ellas, Mazón sintetiza los pilares de su relato sobre su actuación y la gestión de la Generalitat de las inundaciones que causaron 229 muertos.

“Las afirmaciones que fuera del proceso se viertan por cualquier medio o persona, sobre la falta de información de cauces y barrancos, sobre la causa del envío del sistema ES Alert a las 2011 horas relacionándola solo con la presa de Forata, la ausencia de alerta hidrológica por la tarde en el barranco del Poyo, se han de situar en la mera ficción o en la autoficción, según de quien provengan, y han de rebatirse en su caso en el seno del procedimiento, en el supuesto de que se pretenda hacerlas valer como tesis exculpatorias o incriminatorias”.

Con este párrafo, concluye el razonamiento jurídico, la magistrada para responder a la petición de incluir las entrevistas en el procedimiento. La jueza explica que las declaraciones a À Punt, “de acceso general al haber sido difundidas por un medio público, y las de los otros medios, poseen una doble vertiente”: Una versión exculpatoria de la Generalitat fundada “en una supuesta ausencia de información” por parte de las agencias estatales Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la manifestación del “president” relativa a que no tomó “ninguna decisión respecto de la emergencia, estimando que el control de la misma correspondía exclusivamente a la Consellera de Emergencias”.

El primer bloque ha sido reiterado “en diversos momentos y lugares, con algunos matices”, por Mazón, por diversos cargos, y también por “los propios investigados”. “No constituyen prueba alguna ni poseen relevancia en la tramitación de la causa”, concluye. El segundo bloque relativo “a que no poseía ningún tipo de responsabilidad sobre el control de la emergencia, que no dio ningún tipo de orden ni instrucción sobre la misma, que no participó en los avisos a la población, ha de señalarse que la incorporación de dichas declaraciones se habría de producir si se hiciera uso por el Presidente de la Generalitat de la facultad de declarar como investigado en el presente procedimiento”.

“Lo contrario sería sortear dicha facultad, que es también una garantía, no solo una carga, que se ha ofrecido previamente. En definitiva, no se puede sustituir una declaración de investigado, que conlleva la oportuna asistencia letrada con los derechos a no declarar contra sí mismo y no confesarse culpable, entre otros, por entrevistas a OKDiario, Las Provincias o À Punt, lo que conculcaría sus derechos", afirma.

Asociaciones de víctimas mortales de la dana, como la que preside Rosa Álvarez, mostraron su indignación la pasada semana por el contenido de las entrevistas al considerar que estaba lleno de “mentiras y falsedades” sobre los hechos y la gestión de la dana. Recuerdan que la alerta hidrológica en el barranco del Poyo no se llegó a desactivar el 29 de octubre, por ejemplo, contrariamente a lo afirmado, entre otras manifestaciones, además de las señaladas en el auto.

En el primer auto, la magistrada rehúsa incorporar las entrevistas concedidas los pasados 8 y 9 de octubre a OKDiario, Las Provincias y À Punt, pero sí acuerda requerir a la conselleria responsable de Emergencias “para que remita copia de los documentos que acrediten las actuaciones preventivas y de preparación informadas en el Consell ante la alerta roja decretada por la Aemet el 29O”. También requiere a RTVE para que remita al juzgado copia del vídeo, con imagen y sonido, que dicha cadena emitió el 9 de octubre de 2025, en el que el presidente de la Generalitat “informa a varias personas de que se ha decretado una alerta hidrológica, en presencia de dos de sus conselleras”, justo antes de marcharse a una comida con una periodista que prolongó casi cuatro horas durante las horas cruciales de la emergencia.

La instructora, en otro de los cuatro autos notificados a las partes, desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa del ex secretario autonómico investigado en la causa, Emilio Argüeso, por el que se solicitaba, por un lado, la admisión de un informe elaborado por la Guardia Civil y la citación de sus autores para ratificarlo en sede judicial. Argüeso es el único imputado en la causa junto a la que era su superiora, la consejera de Interior, Salomé Pradas. La magistrada responde a las alegaciones presentadas que “afirmar que en ningún momento se habló del barranco del Poyo en el Cecopi es contrario a la instrucción judicial practicada”.

Ruiz Tobarra sintetiza la información recopilada durante la instrucción y afirma: “Antes de las 19 horas, la alcaldesa de Paiporta llamó a Pilar Bernabé [delegada de Gobierno] diciéndole que se estaban ahogando, y dicha situación fue inmediatamente comunicada por la delegada del Gobierno a Salomé Pradas, volviéndose al poco tiempo a conectar quienes estaban presencialmente en la sala del Cecopi”.

La alarma a los móviles se lanzó también a los ciudadanos de comarcas y poblaciones que no hubieran sido afectadas por la hipotética ruptura de la presa de Forata, sino por el desbordamiento del Poyo, que causó la muerte de 200 víctimas de las 229 del total. Desde las 17.30 se estuvo hablando en el Cecopi, el órgano de coordinación de la emergencia, del peligro de Forata, pero el mensaje se envió a las 20.11, cuando ya era demasiado tarde para la mayoría de los fallecidos. La magistrada ha rechazado en varias ocasiones que hubiera habido una “apagón informativo” por parte de la Aemet y de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) como sostienen Mazón y la Generalitat.

Otro auto desestima el recurso de reforma de una acusación particular que pedía que declarasen los guardias civiles que elaboraron un informe, así como los jefes de Sección y del Área de Explotación de la CHJ. El citado informe, calificado como “erróneo” e “incompleto”, daba alas a la tesis del apagón informativo de la Generalitat.

Y en el auto remitido a solicitud de la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià, la magistrada requiere a la productora de televisión contratada por la conselleria responsable de Emergencias que remita los brutos de dos vídeos, que fueron ocultados por la Generalitat durante 11 meses. También requiere a ese departamento del Consell para que identifique a los dos técnicos que aparecen en los vídeos que conserva dicho departamento y que aparecen dando explicaciones a los dos investigados. Igualmente, acuerda la citación como testigo del jefe de explotación de la Plataforma operativa 112 CV.

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