Opinión

Los indultos, ¡menuda papeleta para el Gobierno!

Realmente la cuestión del derecho de gracia pone en un brete al Ejecutivo central. Si lo concede, se le echará encima la derecha en el Congreso y tendrá una oposición sonora en determinados medios y en la calle

Acto unitario organizado por Omnium CulturalMASSIMILIANO MINOCRI (EL PAÍS)

Pocas cuestiones jurídicas están suscitando tanto interés como los eventuales indultos a los dirigentes secesionistas condenados por el delito de sedición y que cumplen penas elevadas de prisión. Es más, este será un tema estrella por controvertido y vidrioso cuando el Gobierno central se pronuncie.

Las solicitudes de indulto, necesarias para activar el procedimiento, han sido presentadas por terceros. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dio trámite de alegaciones a los condenados sobre las peticiones formuladas en su favor, trámite que, salvo dos de ellos, no cumplimentaron.
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Pocas cuestiones jurídicas están suscitando tanto interés como los eventuales indultos a los dirigentes secesionistas condenados por el delito de sedición y que cumplen penas elevadas de prisión. Es más, este será un tema estrella por controvertido y vidrioso cuando el Gobierno central se pronuncie.

Las solicitudes de indulto, necesarias para activar el procedimiento, han sido presentadas por terceros. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dio trámite de alegaciones a los condenados sobre las peticiones formuladas en su favor, trámite que, salvo dos de ellos, no cumplimentaron.

El ejercicio del derecho de gracia es un acto discrecional del Gobierno, pero debe seguir un procedimiento que ha de materializarse en un expediente en el que se especifiquen “las razones de justicia, equidad o utilidad pública” en las que base su decisión de conceder o denegar el indulto.

La jurisprudencia contencioso-administrativa del Tribunal Supremo ha fijado la necesidad de especificar esas razones, a fin de asegurar que no se da ningún supuesto de arbitrariedad en la decisión. Llegamos al meollo de la cuestión. Si el Gobierno concede los indultos —y parece que lo hará—, ¿cómo los va a justificar? Una justificación, además de necesaria, doblemente imprescindible porque un amplio espectro de la opinión pública desaprueba la concesión y porque tres partidos de la oposición parlamentaria (PP, Vox y Ciudadanos) han anunciado que recurrirán la decisión de indultar —que no es revisable jurisdiccionalmente, pero sí lo es el procedimiento— y alegarán que no se dan las “razones” que justifiquen la concesión.

En un duro informe desfavorable de diciembre de 2020, los fiscales de Sala del Tribunal Supremo rebaten “razones” como que la pena sea desproporcionada o que una conveniencia social y política —una extensión de la “utilidad pública”— convierta en innecesario o inconveniente el cumplimiento de la pena.

Recientemente, el Constitucional, por mayoría, ha avalado que Jordi Turull y Josep Rull cometieron un delito de sedición y que las penas fueron proporcionadas.

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Y el Tribunal Supremo en su informe, preceptivo pero no vinculante, acaba de negar la procedencia jurídica de los indultos con sólidos fundamentos, considerando que las penas son proporcionadas a la gravedad del delito y que los condenados no solo no se arrepienten, sino que han manifestado en distintas ocasiones su voluntad de reincidir. La contundencia jurídica de este informe complica al Gobierno la justificación argumental de la concesión, que solo podrá a apelar a poderosas razones de conveniencia social y política.

Realmente, la cuestión de los indultos pone en un brete al Gobierno. Si los concede, se le echará encima la derecha en el Congreso y tendrá una oposición sonora en determinados medios y en la calle. Si los deniega, perderá parte de los apoyos del bloque de investidura, con lo que se abriría la vía de una moción de censura del PP o la muy probable vía del forzamiento de una convocatoria anticipada de elecciones. Sin olvidar que la concesión de los indultos, obviando (en un asunto tan delicado) los informes desfavorables y la posición del Tribunal Constitucional, podría ser interpretada como un desaire al poder judicial y un quebranto del prestigio del Tribunal Supremo en el supuesto de la demanda contra España que, presumiblemente, los condenados presentarán ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La búsqueda meritoria de un alivio de la situación emocional y política de Cataluña tendrá un alto coste para la coalición del Gobierno de España. Y si, a pesar del coste, se concediera el indulto (solo parcial, por ser desfavorable el informe del Tribunal Supremo, y probablemente condicionado) —que no contentará a los beneficiarios y lo infravalorarán ante sus seguidores— habría entonces que apreciar la determinación pacificadora del Gobierno, así como su voluntad de agotar la legislatura.

Las alternativas a los indultos son contadas y también problemáticas: una amnistía (constitucionalmente dudosa y éticamente inaceptable para muchos, puesto que supondría que no cometieron delito ni hicieron daño social alguno); la reforma del Código Penal para redefinir (a la baja) el delito de sedición y las penas que conlleva, lo que beneficiaría a los condenados, y el cumplimiento íntegro de las penas con los beneficios penitenciarios que les correspondan.

Hay que señalar que los condenados no han ayudado en nada a que se pueda atenuar su situación penal, sino todo lo contrario. Llevan una estrategia nihilista: desprecian los indultos y hacen continua gala de su contumacia y de su deslegitimación del Estado democrático de derecho, y aunque ahora sean solo palabras son perturbadoras emocional y socialmente.

Jordi Garcia-Petit es doctor en Derecho.

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