Barcelona aplaza a julio el pago del IBI y el impuesto de vehículos

La tasa de terrazas, que no se abonará mientras los bares estén cerrados, se congela hasta octubre

El primer teniente de alcalde, Jaume Collboni. AYUNTAMIENTO DE BARCELONA 26/03/2020Europa Press
Barcelona -

El gobierno de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, lleva días afirmando que además de la crisis sanitaria por el coronavirus es necesario tomar medidas para atenuar la crisis social y económica que se vislumbra. Y si hace unos días presentaba medidas de carácter fiscal para pymes y autónomos, este jueves anunció una prórroga general de impuestos, para ciudadanía y empresas, hasta el mes de julio. Los ...

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El gobierno de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, lleva días afirmando que además de la crisis sanitaria por el coronavirus es necesario tomar medidas para atenuar la crisis social y económica que se vislumbra. Y si hace unos días presentaba medidas de carácter fiscal para pymes y autónomos, este jueves anunció una prórroga general de impuestos, para ciudadanía y empresas, hasta el mes de julio. Los impuestos municipales más relevantes que se aplazan, sin recargos ni intereses, son el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) y el de circulación. La tasa de terrazas no se tendrá que pagar hasta octubre.

El consistorio informó ayer de que cualquier recibo emitido por el consistorio con fecha final de pago que sea posterior al 18 de marzo (cuando empezó a tener efectos fiscales el decreto del Estado de Alarma)-, se podrá pagar hasta el 3 de julio. El primer teniente de alcalde, que capitanea la cartera de economía, Jaume Collboni, declaró que el ejecutivo municipal quiere evitar que “el pago de impuestos sea un obstáculo”. De ahí la apuesta por aligerar la carga fiscal y facilitar la liquidez. “El ámbito competencial del Ayuntamiento en materia fiscal es limitado, pero queremos aligerar la carga fiscal de la ciudadanía y las empresas”, afirmó el edil.

El IBI (1,3 millones de recibos, que tocaba pagar en mayo, tanto si se tiene domiciliado como la segunda cuota anual si abona fraccionado) y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) se podrán pagar hasta julio, aunque si alguna familia o empresa quieren pagarlos antes, pueden hacerlo si lo comunican. En el caso del impuesto de vehículos (más de 770.000 recibos) el plazo de pago de todos los recibos termina el 3 de julio, una fecha que no se modifica para los recibos con domiciliación bancaria. Para los recibos no domiciliados se alarga, porque el plazo terminaba el 15 de junio.

Respecto a la tasa que pagan restaurantes y bares por ocupación privativa de la vía pública con sus terrazas, no se tendrá que abonar hasta octubre. Esta medida se suma al descuento que tendrán los establecimientos de restauración mientras permanecen cerrados debido a las restricciones para evitar la propagación del Covid-19. La ampliación hasta otoño permitirá gestionar los descuentos que correspondan al periodo en que el establecimiento no haya podido abrir.

Técnicamente, para introducir estas modificaciones, se anularán los recibos que no se hayan pagado y liquidarán de nuevo las cuotas (con el descuento que corresponda), y los establecimientos que hayan pagado el recibo de este 2020 podrán solicitar que se les devuelva la parte proporcional al periodo que han estado cerrados. En el caso de la tasa de recogida de residuos comerciales e industriales (que pagan autónomos, tiendas, restaurantes o fábricas, tampoco se cobrará por el tiempo que han estado cerrados), se cobrará igual el 1 de diciembre para los recibos no domiciliados y el 23 de diciembre para los domiciliados.

Por otra parte, los contribuyentes podrán pedir aplazamientos y fraccionamientos adicionales de los tributos. Tanto del IBI como del impuesto de circulación, en el caso de los ciudadanos; como en el del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), de la tasa de residuos y de terrazas, si se trata de negocios o autónomos. En este caso, se podrá dividir en fracciones mensuales sin intereses siempre que el pago no vaya más allá de septiembre de 2021.

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