La Audiencia Provincial tumba el registro de Barrabés del juez del ‘caso Begoña’: “No se puede obtener la verdad a cualquier precio”
El magistrado Juan Carlos Peinado dictó el pasado agosto la inspección de la vivienda de Barrabés y la sede de sus empresas
La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado el registro que se realizó el pasado agosto en el domicilio del empresario Carlos Barrabés y en la sede social de sus empresas, en el que se requisaron varios dispositivos electrónicos, como móviles y discos duros. Así lo considera en un auto, publicado este miércoles: “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Solo aquello que es compatible ...
La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado el registro que se realizó el pasado agosto en el domicilio del empresario Carlos Barrabés y en la sede social de sus empresas, en el que se requisaron varios dispositivos electrónicos, como móviles y discos duros. Así lo considera en un auto, publicado este miércoles: “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Solo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad, etcétera dentro de los parámetros fijados en la ley”.
El magistrado titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, dictó el pasado 22 de agosto la entrada y registro de la vivienda de Barrabés y en la sede de sus empresas por su imputación como investigado en el caso de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y que Peinado investiga por los presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida durante su trabajo como docente, codirectora de dos másteres propios y la cátedra extraordinaria. Barrabés, que se encontraba hospitalizado durante el registro, interpuso a través de su abogado un recurso contra la orden de registro ante la Audiencia Provincial, que resuelve ahora a su favor.
El juez Peinado imputó al empresario tras admitir una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias, en el que acusaba a Begoña Gómez de tráfico de influencias y tráfico en los negocios para beneficiar al empresario a conseguir varias concesiones públicas. Peinado citó en julio como testigo a Barrabés y, tras tomarle declaración, lo imputó unos días después. Lo hizo a pesar de que la UCO ya había analizado en dos informes la vinculación entre el empresario y la esposa del presidente, sin encontrar irregularidades en las adjudicaciones públicas concedidas al grupo empresarial de Barrabés por la entidad Red.es, entonces dependiente del Ministerio de Economía. Después de imputarle, el magistrado ordenó el registro en las sedes de sus empresas, en su casa y en el hospital.
El abogado de Barrabés solicitó en sus alegaciones la anulación del registro “por falta de motivación fáctica suficiente” y la “ausencia de indicios” delictivos en las adjudicaciones públicas. “La resolución que lo acuerde [el registro] debe afirmar los sólidos motivos en los que se funda la sospecha de comisión de hechos delictivos, junto con el resto de las exigencias constitucionales y ello debe ser razonado en el auto, lo que en la resolución que nos ocupa se ha omitido clamorosamente”.
El letrado exponía en su recurso que su cliente estaba ingresado en el hospital cuando comenzaron los registros y que varios agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil acudieron allí para incautarle sus dispositivos electrónicos. “Es realmente asombroso por falta de consideración y humanidad que ello comporta, es que la Guardia Civil también acudió al hospital donde permanece ingresado el señor Barrabés para incautarle los dispositivos electrónicos y que se practicara dejándole sin ninguna posibilidad de comunicación con el exterior (recordemos que en estos momentos está en una habitación de aislamiento por su situación médica”, aparece en el recurso).
El abogado de Barrabés también alegó que durante el registro también incautaron los móviles de su esposa y de los hijos del investigado, todos menores de edad: “Desconocemos las razones que pudieran existir para ello. Hicimos constar en el acta de la diligencia la firme protesta por la gravísima vulneración de derechos y el atropello con el que se estaba llevando a cabo la actuación ordenada por el juzgado”. La defensa también denunciaba que se demoró tres días el clonado de los móviles con datos de personas que no están investigadas. El registro en las empresas de Barrabés duró tres días debido a la “manifiesta inconcreción del auto en torno a qué debía ser objeto de registro. [...] Como no podía ser de otra manera, se procedió al clonado de ingente información, sin filtro alguno, tuviera o no relación con la causa. La fuerza actuante incautó los correos electrónicos de Barrabés y de otras cinco personas que no ostentaban la condición de investigados y sin habilitación de clase alguna para hacerlo. Gravísima vulneración del derecho a la intimidad y a la protección de datos de personas que no están investigadas”, argumenta el abogado.