La justicia autoriza una manifestación de Falange frente a la sede del PSOE en Ferraz

La Delegación del Gobierno había señalado un recorrido alternativo por las calles aledañas para evitar problemas de orden público

Simpatizantes de Falange tratan de entrar en el cementerio Sacramental de San Isidro tras la exhumación y traslado de los restos de José Antonio Primo de Rivera desde el Valle de Cuelgamuros en abril de 2023.Samuel Sanchez

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado este jueves el recurso presentado por Falange Española contra la resolución de la Delegación del Gobierno que señaló un recorrido alternativo para la manifestación convocada para este viernes por la organización ultra bajo el lema La juventud nacional contra el régimen del 78. Finalmente, como querían los convocantes y rechazaba la delegación del Gobierno, pasará frente a la sede central del PSOE en la calle de Ferraz, en el centro de Madrid.

El jefe nacion...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado este jueves el recurso presentado por Falange Española contra la resolución de la Delegación del Gobierno que señaló un recorrido alternativo para la manifestación convocada para este viernes por la organización ultra bajo el lema La juventud nacional contra el régimen del 78. Finalmente, como querían los convocantes y rechazaba la delegación del Gobierno, pasará frente a la sede central del PSOE en la calle de Ferraz, en el centro de Madrid.

El jefe nacional de Falange, Manuel Andrino Lobo, presentó el pasado 12 de enero la petición para celebrar una “manifestación y posterior acto político desde la calle de Ferraz” hasta el lugar “donde fue asesinado por pistoleros socialistas el estudiante falangista Matías Monero”. El texto añadía que, tras la intervención de “varios oradores”, los manifestantes —estiman la asistencia de unas “300 personas”— concluirían el acto “brazo en alto, entonando el Cara al Sol”. La Delegación del Gobierno respondió 18 días después autorizando la manifestación, pero modificando su recorrido, de forma que se iniciara “en la confluencia de la calle de Ferraz con la calle del Marqués de Urquijo” y continuara hasta la calle Juan Álvarez de Mendizábal “sin invadir en ningún caso la calzada de la calle de Ferraz” para evitar problemas de orden público, ya que el itinerario incluía pasar por el tramo “en el que se encuentra la sede del Partido Socialista Obrero Español, espacio que es, en los momentos actuales, un área de especial protección en garantía de la seguridad pública”. Alegaba la Delegación del Gobierno que desde el pasado 3 de noviembre se habían producido frente a la sede socialista concentraciones diarias de personas y que “en muchas de ellas” se habían producido “heridos de diversa consideración y detenciones de personas que procedieron a alterar gravemente el libre ejercicio del derecho de reunión y manifestación”. Disconforme con el cambio de ruta, Falange recurrió a la justicia.

La sentencia del Tribunal Superior de Madrid, en contra del criterio de la Delegación del Gobierno, representada por la Abogacía del Estado, ha estimado el recurso de Falange autorizando el recorrido inicial. Argumenta que “no se ha acreditado por la Administración la existencia de razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes” y considera que “falta una motivación convincente” para justificar la modificación del itinerario, que ven “carente de sentido”. La Abogacía del Estado alegó que el cambio era mínimo y que en convocatorias anteriores, Falange había elegido un recorrido distinto al que ahora reclama. El TSJM no encuentra relevante que otros años se hiciera de ese modo e insiste en que “la mera sospecha” de un altercado de orden público no es motivo suficiente para modificar la manifestación.

Tras la sentencia, fuentes de la Delegación del Gobierno afirman que “acatan las decisiones judiciales”, pero insisten en que “en el contexto actual” sí existe “un riesgo claro de altercados”, máxime cuando por redes, se están convocando “manifestaciones paralelas frente a Ferraz”.

La Ley de Memoria Democrática, en vigor desde el pasado octubre, establece un régimen sancionador para “las convocatorias de actos, campañas de divulgación o publicidad que por cualquier medio de comunicación pública, en forma escrita o verbal, en sus elementos sonoros o en sus imágenes, inciten a la exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, cuando entrañe descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares”.


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