La justicia británica impide a España reclamar a la aseguradora del ‘Prestige’ más de 850 millones en daños

El Alto Tribunal de Inglaterra da fuerza de cosa juzgada al arbitraje que respaldó los argumentos de UK P&I Club frente a la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo

El petrolero 'Prestige' semihundido a 250 kilómetros de la costa gallega, en 2002.Xurxo Lobato

Los tribunales británicos han vuelto a dejar claro a España que, en materia comercial al menos, funcionan con sus propias reglas. El juez Christopher Butcher, titular de una de las salas de Derecho Comercial y de Propiedad del Alto Tribunal de Inglaterra y Gales, ha rechazado la pretensión del Gobierno español de poder cobrar de la aseguradora del Prestige, el petrolero que naufragó en 2002 frente a Galicia y cubrió de fuel miles de kilómetros, los más de 850 millones de euros que el T...

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Los tribunales británicos han vuelto a dejar claro a España que, en materia comercial al menos, funcionan con sus propias reglas. El juez Christopher Butcher, titular de una de las salas de Derecho Comercial y de Propiedad del Alto Tribunal de Inglaterra y Gales, ha rechazado la pretensión del Gobierno español de poder cobrar de la aseguradora del Prestige, el petrolero que naufragó en 2002 frente a Galicia y cubrió de fuel miles de kilómetros, los más de 850 millones de euros que el Tribunal Supremo le condenó a pagar, como responsable civil directo de los daños ocasionados en las costas españolas por el trágico vertido de chapapote .

El magistrado ha respaldado a la aseguradora London Steam-Ship Owners Mutual Insurance Association Limited, conocida en el mundo mercantil como UK P&I Club, en su disputa con el Estado español, en una sentencia adelantada por El Confidencial. La Abogacía del Estado echó mano en su momento del artículo 117 del Código Penal para reclamar la responsabilidad pecuniaria de la aseguradora, después de presentar las respectivas querellas contra la naviera y el capitán del Prestige, que navegaba con bandera de Bahamas. UK P&I Club se aferró desde el principio del procedimiento a lo establecido en su propio reglamento, que funciona como cláusula contractual válida. La regla 40 C establece que cualquier reclamación deberá someterse siempre a los tribunales de arbitraje de Londres, y cualquier procedimiento al respecto se realizará bajo la Ley Inglesa de Arbitraje de 1996. Las reglas de la aseguradora impiden además cualquier reclamación contra esta mientras la propietaria del Prestige no hubiera cumplido antes con sus responsabilidades pecuniarias. Finalmente, el montante a pagar por UK P&I Club nunca superaría los mil millones de dólares.

Es decir, los más de 850 millones de euros que, en un primer lugar la Audiencia Provincial de A Coruña, y más tarde el Tribunal Supremo al ratificar la sentencias, impusieron sobre la aseguradora. El Estado español decidió en un principio no participar en el arbitraje que la aseguradora propició en suelo londinense, y prefirió buscar amparo en el Tribunal de Justicia de la UE, en un momento en que el Reino Unido todavía no había ejecutado plenamente las consecuencias del Brexit y, en teoría, seguía vinculado a las decisones del Tribunal de Justicia de la UE.

Un tribunal comercial británico designó entonces como árbitro al abogado Alistair Schaff, y su resolución, conocida como el arbitraje Schaff dio la razón a la aseguradora en la mayoría de los argumentos. “La sentencia española (del Tribunal Supremo) es incompatible con la sección 66 de la Ley Inglesa de Arbitraje, y su reconocimiento sería contrario a los principios del derecho público inglés respecto a la ‘cosa juzgada’ (res judicata), en relación al ‘arbitraje Schaaf”, que fue visado por los tribunales británicos. Es decir, no puede volver a juzgarse lo que ya ha sido juzgado, dice el magistrado Butcher para denegar las pretensiones de España. La sentencia concede de antemano la posibilidad de recurrir parte de sus argumentos, pero pone las cosas cuesta arriba al Estado español. Se añade además a sentencias previas en las que los tribunales británicos han hecho prevalecer laudos arbitrales frente a las reclamaciones jurídicas de España, como ha ocurrido al dar la razón a algunos fondos en su litigio respecto a las primas de las energías renovables. Como resultado de aquel varapalo, las cuentas del Instituto Cervantes de Londres acabaron embargadas.

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