El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la composición del Tribunal en la ley del aborto
El grupo parlamentario popular cuestionó que el órgano de garantías no admitiera la abstención de la magistrada Concepción Espejel y recusó a otros magistrados
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el PP para que la magistrada Concepción Espejel, del sector conservador del tribunal, pueda abstenerse de participar en el debate y aprobación de la sentencia que se dicte sobre la ley del aborto. Sobre este fallo se está redactando un segundo borrador, después de que el órgano de garantías rechazara el texto elaborado por el magistrado Enrique Arnaldo, también perteneciente al sector conservador del tribunal. Espejel pidió abstenerse por ha...
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el PP para que la magistrada Concepción Espejel, del sector conservador del tribunal, pueda abstenerse de participar en el debate y aprobación de la sentencia que se dicte sobre la ley del aborto. Sobre este fallo se está redactando un segundo borrador, después de que el órgano de garantías rechazara el texto elaborado por el magistrado Enrique Arnaldo, también perteneciente al sector conservador del tribunal. Espejel pidió abstenerse por haber sido vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y haberse mostrado en esa institución contraria a la citada ley, durante el período en que se estudió un dictamen sobre el correspondiente proyecto de ley, un estudio que no llegó a aprobarse.
El recurso de súplica ahora rechazado fue presentado por el exdiputado y expresidente del Congreso Federico Trillo, como comisionado de los parlamentarios del grupo popular, contra el auto del 7 de febrero pasado, en el que no se estimó justificada la abstención formulada por la magistrada Concepción Espejel. La providencia aprobada por el Constitucional en su pleno de este martes argumenta que la ley no contempla la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la decisión de rechazo de la abstención intentada, de acuerdo con las previsiones de la ley orgánica del Poder Judicial.
En este sentido, el tribunal explica que si las partes del proceso —en este caso el grupo parlamentario popular— estiman que concurre causa de recusación –para que alguno o algunos de los magistrados no participen en el debate de una sentencia- deberán hacer valer su pretensión por esta vía y no mediante un recurso de súplica. En relación a este mismo asunto, el pleno ha decidido en paralelo incorporar a las actuaciones otro recurso de súplica de Federico Trillo contra un segundo auto, el del 8 de febrero de 2023, que declaró improcedente la admisión a trámite de las recusaciones formuladas contra el presidente y tres magistrados.
El tribunal también ha decidido dar traslado al abogado del Estado para que alegue lo que estime procedente sobre este asunto. Este segundo auto fue el que rechazó las recusaciones mencionadas por entender que iban a impedir el funcionamiento del tribunal, ya que de haber prosperado hubiera faltado el quórum necesario para dictar sentencias y tomar otras decisiones.
La sentencia definitiva sobre la ley del aborto se debatirá en el Constitucional después de Semana Santa. Tras la renuncia del magistrado Enrique Arnaldo a redactar un nuevo proyecto de fallo, una vez rechazado el suyo, fue designada para esta labor la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, quien está ultimando su texto. El borrador de Arnaldo ya avalaba el sistema de plazos como no contradictorio con la Constitución, pero pretendía anular otro precepto que establecía cómo debe ser la información que reciba la mujer que pretenda abortar, proponiendo que no sólo recibiera datos por escrito, sino también de forma presencial, verbalmente. La mayoría progresista del tribunal consideró que dicho artículo no merece tacha alguna de inconstitucionalidad, y por ello rechazó el proyecto de fallo presentado y encargó otro a una nueva ponente.